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La mujer trabajó para la empresa de su marido y luego recibió diversas prestaciones por desempleo. Ahora debe devolver todo el dinero

La mujer trabajó para la empresa de su marido y luego recibió diversas prestaciones por desempleo. Ahora debe devolver todo el dinero

La Ley General de la Seguridad Social no permite que una persona pueda trabajar por cuenta ajena en una empresa donde el empleador es la pareja. Una mujer lo hizo y, además, tras eso, recibió una ayuda de desempleo del SEPE por valor de casi 4.000 euros. Ahora debe devolver todo el dinero, tras poder demostrarse que la ayuda del SEPE fue generada después de que la beneficiaria trabajase en la empresa de su marido. Es una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña alegando la omisión de que su empleador había sido su cónyuge.

| etiquetas: empleo , sepe , impuestos , españa
Comentarios destacados:                
#2 Si trabajas en una empresa de un familiar por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado, no tienes derecho a percibir las prestaciones por desempleo si convives con él.

Esto esta en vigor que yo sepa desde hace mas de 15 años. Sabían lo que hacían y les pillaron. Además ni siquiera se conformo con el paro luego pidió un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva.

Bien sancionado esta.

#1 Dudo mucho que desconocieran la ley.
#8 La ley se creó para evitar el fraude a la Seguridad Social que se llevaba a cabo bastante en la época, eso sí era una puta mierda, estafar el dinero de la Seguridad Social a tus compatriotas.
Y que no falten los intereses.

El desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento.
Si trabajas en una empresa de un familiar por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado, no tienes derecho a percibir las prestaciones por desempleo si convives con él.

Esto esta en vigor que yo sepa desde hace mas de 15 años. Sabían lo que hacían y les pillaron. Además ni siquiera se conformo con el paro luego pidió un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva.

Bien sancionado esta.

#1 Dudo mucho que desconocieran la ley.
#2 Hay una excepción un poco rara que es la de la pareja de hecho que exige cinco años de convivencia para poder darse de alta como autónomo colaborador. De no cumplir esta condición tiene que ser por cuenta ajena. Edito: lo que dices sobre todo se aplica a hijos contratados ya que creo recordar que es el caso más común.
#4 También es valido para la mujer y los padres y hermanos. Eso si, la condición es que vivan bajo el mismo techo.

En el caso de la pareja de hecho aplican lo mismo que para recibir pensión, es decir: 5 años de convivencia.
#4 Nadie se da voluntariamente de alta como autónomo colaborador. Nadie lo quiere.
#53 a que se debe ?
#1 #2 Pues es una puta mierda de ley si tienes que seguir pagando la cotización a la SS y el paro en tu nómina.
#8 Tan puta mierda no será, cuando repele a los jetas chanchulleros.

Normal que pague cotización a la SS, luego querrá pensión.

Normal que pague desempleo, ¿Si no como quieres que se financie el pago a los desempleados?
#12 cuando las empleadas de hogar no tenían derecho a desempleo, no cotizaban por ello

Pero bueno, tampoco tienes derecho si es tu primer trabajo y no llegas a un año cotizado, pero vas aportando desde el primer día.
#22 Por aclarar.

Yo no soy experto precisamente, pero intentaré aclararte un poco, si me lo permites.

Lo que te quitan en varios conceptos de seg soc son cotizaciones, no impuestos.

Por ejemplo lo que te quitan por contingencias comunes, se destina a financiar las situaciones actuales de: incapacidad temporal o permanente derivadas de enfermedad común, maternidad, paternidad, jubilación y accidente no laboral.

Por lo tanto es lógico que lo pague esta señora, porque en caso de incapacidad…   » ver todo el comentario
#32 No tiene derecho a cobrar el desempleo, por tanto deberia descontarsele la parte proporcional de todas las nominas que no generaron ese derech
#32 y sin embargo las empleadas del hogar no generaban derecho a prestación y por eso no cotizaban por desempleo

La señora de la noticia sí generaba derecho pero no podía solicitarlo al salir de esa empresa. Tenía que haber cotizado en otro empleo distinto a continuación
#12 No es tan normal que si no tienes derecho a desempleo cotices por él.

Pero cómo dice #18, esa prestación se acumula, y si luego trabajas en otra empresa sí tienes derecho a desempleo y se contarán todas estas cotizaciones.
#8 Es que si trabajas realmente si tienes derecho a paro aunque seas su mujer, pero en este caso hay que demostrarlo. Véase www.sepe.es/HomeSepe/ca/prestaciones-desempleo/FAQS/requisitos-acceso-

Lo que no puedes es cobrar un paro por quedarte sin un trabajo que no existía.
#2 Siempre y cuando no se trate de una sociedad mercantil.

Como explica Ceca Magán Abogados, esto aplicaría para más familiares. "Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción". Esta limitación no se aplica a las sociedades mercantiles, puesto que éstas carecen de parientes a los efectos de poder quedar sujeta dicha relación laboral del empresario al Estatuto de los Trabajadores.
#2 Pues no me gusta mucho esa ley.

Si la mujer ha estado contratada, habrá cotizado lo correspondiente, y el marido (la empresa) habrá pagado también a hacienda la parte que le corresponda.

Si todo fuera legal y la mujer realmente ha trabajado, ¿por qué no debería recibir prestación por desempleo? Creo que se está presuponiendo que es algún tipo de fraude, y a mi me parece una situación, no generalizada, pero sí normal.
#59 Porque se presta al fraude. Con lo que pagas en las cotizaciones de la seguridad social a desempleo en 5 años (1,55% de la nomina) no cubres ni el coste de 1 mes de paro. Se paga gracias a la contribución solidaria de todos los trabajadores.

Básicamente puedo tener a mi mujer contratada durante toda la vida laboral y echarla al paro por periodos y generaría una pensión sin que prácticamente me costase nada, generando un coste enorme para todos los trabajadores que sostiene el sistema.
#1 Los cojones desconocimiento de la ley.

"En todo este proceso, la mujer presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, argumentando errores del SEPE en el reconocimiento de las prestaciones y reclamando la inaplicabilidad del reintegro."

"Para ello, se basó en la doctrina de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso Cakarevic vs. Croacia del 26 de abril de 2018, que establece que no se puede exigir al

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#3 "no se diera cuenta de la intencionalidad que en realidad tenían al trabajar ella en la empresa del marido para luego recibir las prestaciones públicas de desempleo."

En los caso que conozco de este tipo, la mujer esta dada de alta en la empresa y ni siquiera trabaja. Solo es para que tenga cotización de la seguridad social, derecho a bajas y pensión.
#6 Habrá miles de casos como los que conoces y seguramente como los del artículo.

Habría qué ver cada caso, cuál pudiera ser permitido o no, y analizar en qué casos se está actuando contra la ley o directamente abuso (porque tampoco sería sorpresa que no pudieran ser analizados individualmente todos los casos existentes, y de ahí que sí pudieran ocurrir estos errores por parte de la administración).

Pero en este caso en particular, hay que destacar esto:

"la mujer, tras

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#14 " les pudo la avaricia"

Tal cual.
#15 Lo han hecho mal y ya está, el sistema es divorcio previo y empadronamiento en distintos domicilios.
#6 independientemente si lo hace para tener derecho a bajas y pension ella pago por esos servicios , quiero decir que su retencion en nomina lo tenia aplicada SI o SI .
esa ley es una mierda pinchada en un palo , obligas a la pareja de un autonomo sea autonomo colaborador cotizando igual pero sin derechos
#40 No es cierto lo que dices. El único derecho que no tiene es el de paro. Todos los demás los tiene.

Y el de paro es un derecho que no cubre lo que cuesta con las cotizaciones ni de lejos. Es un pago solidario entre todos los trabajadores.
#3 Lo que se dice querer cobrar por la patilla, creyendo haber encontrado la mina de oro, y patalear porque les han pillado.

Chulearle al Estado en temas de dineros no suele ser buena idea.
#3 Puede ser, pero me fastidia que el estado tenga todos tus datos, pero él si pueda cometer errores obvios...
#3 El desconocimiento sería de cómo funciona el tema y de la falta de contactos a ese nivel, porque para hacer ese timo cualquier empresaurio mete a trabajar a familiares de un colega si este a su vez mete a trabajar a los suyos en la empresa del primero. Y si encima lo triangulan entre tres o más, más irrastreable todavía.
#3 Una cosa es que tú desconozcas la ley y otra que la desconozca tú abogado.
#1 Pero entonces si te contrata tu pareja en su empresa pagarás menos impuestos ya que tienes menos derechos, no? Concretamente menos seguridad social ya que no tienes derecho a paro
#22 En efecto. Tienes que darte de alta como autónomo, en vez de como asalariado.
#22 lo tiene, sólo necesita independizarse para cobrarlo. Lo que no puede es cobrarlo mientras sigue viviendo con su despedidor.
#47 no lo tiene.
Una ley para prevenir fraudes, que puede ser injusta en determinados casos.
#16 Siempre es injusta cuando no se estudie cada caso.
#19 Se estudie o no se estudie, la ley dice que es ilegal recibir ayudas en la empresa familiar.
#33 La ley es generalista
se le devuelven todas las cotizaciones cobradas erróneamente?
#7 Ya si eso luego...
#7 Justo eso he pensado. Si no tiense derecho a paro no deberias pagar la parte proporcional de seguridad social
#7 Lo dudo. A no ser que prueben que fue un funcionario quien la inscribió como asalariada en vez de como autónoma.
#7 seguramente te multaran por haber cotizado mal ...
#42 bien, pero que te devuelvan las cotizaciones erroneas
#7 No, las cotizaciones están bien cobradas. Es su decisión.

La normativa dice: "Si trabajas en una empresa de un familiar por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado y eres un empresario o empresaria individual, no tienes derecho a percibir las prestaciones por desempleo si convives con él o ella y no hay evidencia del carácter laboral de la relación (*).

Para ello, se valorarán todos los datos de forma conjunta que prueben la relación laboral: tiempo de prestación de

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Simpre te encuentras a personas trampeando el sistema para todo. Y lo orgullosos que se sienten por ello.
#17 " Simpre te encuentras a personas trampeando el sistema para todo. "

Desgraciadamente dos años llevo lidiando con funcionarios que hacen justamente eso:trampas, perjudicando a toda mi familia.
Y menos mal que me conozco al dedillo las leyes que regulan esto del "papeleo" y les he llamado la atención.
Por eso me gusta Alemania: aqui la gente hace su pu*o trabajo, no como en España que en España parece como si el funcionario te hiciera un favor o algo.
#46 mi experiencia en España es que he tenido que aprender a hacer el trabajo del funcionario para guiarlo y que me ayude sin cagarse encima al no poder hacer más cosas mentalmente.

Hay que tener paciencia.
#46 ¿Alemania de veras?, joder, pues cuando he tenido que tratar con ellos, son cuadriculados a más no poder.

Anda que no me he topado veces con funcionarios alemanes intentando meter un cuadrado dentro de un triángulo y por mucho que se lo digas, erre que erre, porque así son las normas. Y de ahí no son capaces de salir y de hacer nada.
Admito que esto no lo sabía
#60 yo tampoco lo sabía.
Alguien me lo puede dar "mascadito"? Es que no soy capaz de interpretarlo (creo) ...se supone que este señor tiene contratado a su mujer, se supone que está pagando por ella lo que corresponde (independiente de que cobre un sueldo o no ) y ella no tiene derecho a ninguna prestación..... Veamos .....si mi empresa fuera de puta madre y mi hermano estaría en la mierda,está ley me obliga a coger a otro fulano y dejar a mi hermano en la mierda???? Si es así no me lo puedo creer,
Es curioso, si eres autónomo no puedes trabajar con la familia, pero si montas una empresa sí. No le veo lógica.
#20 Como que no? Eso si, todos se tienen que dar de alta como autónomos. En los dos casos.
#30 me refiero a como asalariado, que es lo que dice el artículo.
#31 es que si montas una SL tampoco puedes contratarles. Deben darse de alta en autónomos.
#37 A no ser que crees una sociedad anónima opaca controlada desde un paraíso fiscal. Hecha la ley, hecha la trampa.
#49 Aún te pillan igual buscando familiares del administrador, que no será uno externo profesional.
#20 lo mismo que si quisiera contratar a una persona para llevar a los niños al colegio y limpiar un poco la casa por las mañanas , no podría elegir a mi madre y pagar/cotizar a la seguridad social legalmente aunque a todos nos viniera bien.

Mientras, el que quiere hacer fraude contrata a la madre de un vecino y él le devuelve el favor contratando a la suya, y tan campantes.
#43 que eres tú, un rojo bolivariano? La gente de bien tiene un testaferro u hombre de paja para estas cosas!
¿Aplica la misma restricción si son pareja de hecho? ¿O si simplemente si viven como pareja pero no se casan?

Porque igualar derechos para un lado ya se ha hecho.

Y por otro lado, ¿pagó por el seguro de desempleo cuando trabajaba con su marido?
#28 si tienes un empleado pagas el seguro de desempleo si o si , como los demás conceptos , irpf, formacion etc etc
Tú tú, que es portada un fraude de 4000€...
que se habrán creído! Si quieren practicar el nepotismo, que hagan carrera política
Genbeta cada día con temas más técnicos. Están ya al nivel del As y del Semana
no hay ninguna cobrada erróneamente
Fallaron filtros o no se dijo la verdad al solicitar el paro , de todas formas es injusto que hasta 2 grado no se tenga derecho a desempleo, por estar casado en este caso, si fueran solteros o separados si podía haberlo cobrado. Ahora le devuelvan al empresario la cotización por desempleo
Esto no es nada nuevo, lleva siendo así desde hace por lo menos 15 años. Tengo un par de amigos que trabajaban en la empresa de sus padres que han estado embargados unos cuantos años, porque le pidieron la seguridad social de los últimos 4 años
Por eso es mejor estar separado legalmente o solteros en estos casos, se pierden derechos por ser matrimonio .

menéame