La Ley General de la Seguridad Social no permite que una persona pueda trabajar por cuenta ajena en una empresa donde el empleador es la pareja. Una mujer lo hizo y, además, tras eso, recibió una ayuda de desempleo del SEPE por valor de casi 4.000 euros. Ahora debe devolver todo el dinero, tras poder demostrarse que la ayuda del SEPE fue generada después de que la beneficiaria trabajase en la empresa de su marido. Es una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña alegando la omisión de que su empleador había sido su cónyuge.
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etiquetas: empleo , sepe , impuestos , españa
Esto esta en vigor que yo sepa desde hace mas de 15 años. Sabían lo que hacían y les pillaron. Además ni siquiera se conformo con el paro luego pidió un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva.
Bien sancionado esta.
#1 Dudo mucho que desconocieran la ley.
El desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento.
Esto esta en vigor que yo sepa desde hace mas de 15 años. Sabían lo que hacían y les pillaron. Además ni siquiera se conformo con el paro luego pidió un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva.
Bien sancionado esta.
#1 Dudo mucho que desconocieran la ley.
En el caso de la pareja de hecho aplican lo mismo que para recibir pensión, es decir: 5 años de convivencia.
Normal que pague cotización a la SS, luego querrá pensión.
Normal que pague desempleo, ¿Si no como quieres que se financie el pago a los desempleados?
Pero bueno, tampoco tienes derecho si es tu primer trabajo y no llegas a un año cotizado, pero vas aportando desde el primer día.
Yo no soy experto precisamente, pero intentaré aclararte un poco, si me lo permites.
Lo que te quitan en varios conceptos de seg soc son cotizaciones, no impuestos.
Por ejemplo lo que te quitan por contingencias comunes, se destina a financiar las situaciones actuales de: incapacidad temporal o permanente derivadas de enfermedad común, maternidad, paternidad, jubilación y accidente no laboral.
Por lo tanto es lógico que lo pague esta señora, porque en caso de incapacidad… » ver todo el comentario
La señora de la noticia sí generaba derecho pero no podía solicitarlo al salir de esa empresa. Tenía que haber cotizado en otro empleo distinto a continuación
Pero cómo dice #18, esa prestación se acumula, y si luego trabajas en otra empresa sí tienes derecho a desempleo y se contarán todas estas cotizaciones.
Lo que no puedes es cobrar un paro por quedarte sin un trabajo que no existía.
Como explica Ceca Magán Abogados, esto aplicaría para más familiares. "Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción". Esta limitación no se aplica a las sociedades mercantiles, puesto que éstas carecen de parientes a los efectos de poder quedar sujeta dicha relación laboral del empresario al Estatuto de los Trabajadores.
Si la mujer ha estado contratada, habrá cotizado lo correspondiente, y el marido (la empresa) habrá pagado también a hacienda la parte que le corresponda.
Si todo fuera legal y la mujer realmente ha trabajado, ¿por qué no debería recibir prestación por desempleo? Creo que se está presuponiendo que es algún tipo de fraude, y a mi me parece una situación, no generalizada, pero sí normal.
Básicamente puedo tener a mi mujer contratada durante toda la vida laboral y echarla al paro por periodos y generaría una pensión sin que prácticamente me costase nada, generando un coste enorme para todos los trabajadores que sostiene el sistema.
"En todo este proceso, la mujer presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, argumentando errores del SEPE en el reconocimiento de las prestaciones y reclamando la inaplicabilidad del reintegro."
"Para ello, se basó en la doctrina de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso Cakarevic vs. Croacia del 26 de abril de 2018, que establece que no se puede exigir al
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En los caso que conozco de este tipo, la mujer esta dada de alta en la empresa y ni siquiera trabaja. Solo es para que tenga cotización de la seguridad social, derecho a bajas y pensión.
Habría qué ver cada caso, cuál pudiera ser permitido o no, y analizar en qué casos se está actuando contra la ley o directamente abuso (porque tampoco sería sorpresa que no pudieran ser analizados individualmente todos los casos existentes, y de ahí que sí pudieran ocurrir estos errores por parte de la administración).
Pero en este caso en particular, hay que destacar esto:
"la mujer, tras
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Tal cual.
esa ley es una mierda pinchada en un palo , obligas a la pareja de un autonomo sea autonomo colaborador cotizando igual pero sin derechos
Y el de paro es un derecho que no cubre lo que cuesta con las cotizaciones ni de lejos. Es un pago solidario entre todos los trabajadores.
Chulearle al Estado en temas de dineros no suele ser buena idea.
La normativa dice: "Si trabajas en una empresa de un familiar por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado y eres un empresario o empresaria individual, no tienes derecho a percibir las prestaciones por desempleo si convives con él o ella y no hay evidencia del carácter laboral de la relación (*).
Para ello, se valorarán todos los datos de forma conjunta que prueben la relación laboral: tiempo de prestación de
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Desgraciadamente dos años llevo lidiando con funcionarios que hacen justamente eso:trampas, perjudicando a toda mi familia.
Y menos mal que me conozco al dedillo las leyes que regulan esto del "papeleo" y les he llamado la atención.
Por eso me gusta Alemania: aqui la gente hace su pu*o trabajo, no como en España que en España parece como si el funcionario te hiciera un favor o algo.
Hay que tener paciencia.
Anda que no me he topado veces con funcionarios alemanes intentando meter un cuadrado dentro de un triángulo y por mucho que se lo digas, erre que erre, porque así son las normas. Y de ahí no son capaces de salir y de hacer nada.
Mientras, el que quiere hacer fraude contrata a la madre de un vecino y él le devuelve el favor contratando a la suya, y tan campantes.
Porque igualar derechos para un lado ya se ha hecho.
Y por otro lado, ¿pagó por el seguro de desempleo cuando trabajaba con su marido?