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Imputados tres menores por difundir imágenes sexuales de compañeras de instituto manipuladas con IA

Imputados tres menores por difundir imágenes sexuales de compañeras de instituto manipuladas con IA

Previamente habían obtenido fotos de las menores a través de sus redes sociales. Las imágenes habían sido manipuladas con inteligencia artificial para lograr falsos desnudos de las chicas, de entre 13 y 16 años, que más tarde compartieron en dos grupos de WhatsApp. Para ello, previamente habían obtenido fotos de las menores a través de sus redes sociales.

| etiquetas: menores , agresion sexual , ia , inteligencia artifical
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Comentarios destacados:                          
#2 Esta bien lo de hacerlo con IA por que es importante que se aclare esto. El delito no ha sido responsabilidad de la IA, sino de los detenidos.
#1 Pornografia infantil. Casi al 100%
#6 puede considerarse pornografía infantil aún si lo dibujas en una servilleta de bar. El problema no es que sea real o no. Si es real ya le añades abuso de menores que es otro delito diferente.
#12 Qué cosas. Gracias.
#12 ¿Estás seguro de lo de la servilleta? Porque Internet está petado de porno lolicon japonés y en principio no hay una prohibición expresa ni conozco casos juzgados al respecto.

Lo de la IA abre un mundo nuevo de posibilidades que a priori no está regulado.

Añado una noticia antigua al respecto: cnnespanol.cnn.com/2014/06/18/el-manga-sexualmente-explicito-de-japon-
#26 #27 Os cuelgo el artículo del código penal y luego ya vosotros lo interpretais dependiendo de los sesgos que tengáis que es lo que hacen los jueces:



Según el artículo 189 del Código Penal, se considerará pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizadas personas con discapacidad necesitadas de especial protección:

a) Todo material que represente de manera visual a un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección participando en una conducta…   » ver todo el comentario
#31 Press con Los apartados c) i d) en la mano creo que queda bastante claro...
#36 Los c y d se abren a interpretación como bien dice #31

El c dice "con fines principalmente sexuales" y el autor puede argüir otros fine (artísticos, pedagógicos,
, etc...).

El d indica "realistas" eso es subjetivo, no me refiero a la IA de la noticia sino al dibujo que comentábamos, ya sea en servilleta o en manga.

Son cuestiones polémicas, la ley debería quizá ser más clara. Si conocéis algún caso en que se haya condenado a alguien por posesión o consumo de lolicon indicadlo, yo no lo conozco.
#40 Con el a) te pueden empapelar por dibujarlo cutre en una servilleta, sí
#45 Y por cualquier cosa, todo depende de lo que se quiera retorcer la ley :-D
#40 a) Todo material que represente de manera visual a un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada.

No hay mas preguntas
#71 Se refiere a que la "conducta sexualmente explícita" sea real o simulada. No se refiere al "material que represente" dicha conducta :-) ¿No crees?

Así lo entiendo yo.
#72 Hacerse fotos desnudo se puede tomar como conducta sexual explícita.

Pero hay otros delitos

El artículo 197.7 castiga a aquel que, sin consentimiento de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de la víctima que hubiera conseguido con su consentimiento en un domicilio o cualquier otro lugar íntimo o privado con la intención de menoscabar gravemente su intimidad personal.

La pena de este delito se impondrá en su mitad superior cuando:

El autor es o ha sido el cónyuge o una persona con la que la víctima hubiera mantenido una relación sentimental.
La víctima es menor o discapacitada.
Existe ánimo de lucro.
#73 Muy bien, pero el debate era sobre un dibujo en servilleta y el lolicon :-)
#33 Lo indica #31 con la referencia al artículo 189 del código penal de España (codigopenal.online/articulo-189/), aunque sean dibujos, está penado.
#42 c) Todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada, o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona que parezca ser un menor, con fines principalmente sexuales, salvo que la persona que parezca ser un menor resulte tener en realidad dieciocho años o más en el momento de obtenerse las imágenes.

Yo lo que entierndo aquí es que "real o simulada" se…   » ver todo el comentario
#49 c) Todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita,(...)

En mi opinión, un dibujo (a mano, con IA, una foto manipulada... o lo que sea) entra en la definición de (...) material que represente de forma visual (...)
#49 Continuo...

En el apartado

a) Todo material que represente de manera visual a un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada

Aquí sí que podría entenderse que incluye los dibujos, ya que habla de "todo material", pero no veo claro que el material pueda ser o no un dibujo, ya que habla de conducta "real o simulada" y para que la conducta sea real el material también debe serlo.

¿Alguien que entienda de leyes por aquí?
#31 No entiendo la C) "Represente de forma visual a una persona que PAREZCA SER UN MENOR (...) salvo que la persona que parezca ser un menor resulte tener en realidad 18 años.

Osea, si es menor es menor y si no lo es no lo es, no entiendo eso de que parezca pero si no lo es aunque lo parezca no hay problema. Me pones algo así como, una mujer de 20 años por ejemplo que sea bajita y este muy aniñada entra pero no entra porque tiene 20 al mismo tiempo.
#62 #26 Que abunden las lolis que en realidad son espíritus ancestrales de 3000 años no es casualidad, es para evitar lo de la mayoría de edad.
#26 Confunde pederastia, pedofilia, velocidad y tocino.
#12 "puede considerarse pornografía infantil aún si lo dibujas en una servilleta de bar"
Permiteme que lo dude muchisimo
#12 mientes, no sé si lo haces por ignorancia o no
#12 puede considerarse pornografía infantil tener a tus críos desnudos en la playa?

si un dibujo puede serlo, exponer a niños menores desnudos a otros adultos, supongo que tendrá que ser peor.. ¿no?
#51 no.
Hay que tener o bien mala intención, o bien entender muy poco de todo, para hacer esa comparación.
#64 no va con mala intención para nada.

pero me parece curioso que un dibujo, pueda estar penado, y exponer a menores, no.

evidentemente no hay nada sexual cuando unos padres tienen a un bebe desnudo en la playa. no van por ahí los tiros y lo siento si has pensado eso. Pero si puede haber adultos mirándolos con tendencia sexual, y me temo que por desgracia existen.

yo creo que la clave en estas cosas va por donde dice #39 se refieren mas a la conducta sexual que a otra cosa.
#82 exponer a menores también está penado. La clave está en que llevar a un menor a la playa y no ponerle bañador no es exponerlo, ni la desnudez en si misma es intrínsecamente erotica.
Utilizar esta situación concreta con fines sexuales, si es delictivo. El delito está en quien actúa con esa tendencia, en quien impregna el matiz erotico en la imagen o situación.
#12 Entonces el manga es pornografía infantil en algunos casos, no?
#62 Según lo que comenta #18 no.
#62 No. De hecho se menciono específicamente que los comics y otras forma del arte no contaba. Cuando se cambio el código mucha gente menciono su preocupación por si ello afectaba a la libertad de expresión, pero los juzgados ya emitieron una circular aclarando este punto en concreto.

En caso de creaciones 100% ficticias (no son retocados de imágenes reales ni composiciones si no creadas de cero) solo se considera pornografía infantil si son tan realistas que podrían pasar por reales. En su…   » ver todo el comentario
#12 ¿A si? ¿Que edad tiene la chica de la imagen adjunta? ¿10? ¿14? ¿16? ¿18? ¿20? ¿25? ¿30? (por cierto, según la web que me ha salido al azar, está generada por IA)  media
#68 12 años más o menos
#74 Basado en tu conocimiento sobre niñas orientales de +-12 años? y como es el dibujo hentai de una chica de 18? y de 25?

#76 dice que 19.
#76 #74 dice que tiene 12...

no, no he puesto una imagen porno en MNM... pero es un ejemplo de que un dibujo de este tipo es muy dificil de interpretar que edad tiene.
#80 es que un uniforme de colegial puede sugerir 12 o 18 o 30... depende del contexto, tu imaginacion o lo que estes acostumbrado.
#74 qué va, es solo un dibujo. Podría tener 89 años y estar muy maquillada y en forma.
#74 Si y no, en Japón la costumbre es no ser alto y los asiaticos solian tener poco pecho en general. No, lo del hentai es una fumada, no cuenta. Los chinos llamaban a los japoneses despectivamente 'xiao riben', es decir, japonesito.
Porque eran basicamente los enanos de Asia.
En Dragon Ball ves que Vegeta simboliza al japonés cerrado de mente, el samurai. No es bajito por nada...

en.wikipedia.org/wiki/Xiao_Riben

Para mi la de la foto me puede parecer de 18 o 20 perfectamente.
#68 19, y ya que estamos ¿esta participando en una conducta sexualmente explícita?
#68 Siendo Japón, puede aparentar 12, 18, 24 o hasta 30.
Y el uniforme aparenta desde colegial hasta sirviente en esos "Maid Café".
Francamente, ni puta idea. En Japón un colegial se viste de marinero creo.
#12 No, eso es falso
www.elmundo.es/espana/2015/06/21/5585c0b4e2704eff328b4584.html, sólo se persigue si parece realista
Tengo curiosidad por saber cuál es el cargo exacto.
Esta bien lo de hacerlo con IA por que es importante que se aclare esto. El delito no ha sido responsabilidad de la IA, sino de los detenidos.
#1 Pornografia infantil. Casi al 100%
#4 #2 ¿Puede considerarse pornografía infantil cuando "del cuello para abajo" no es real?

¿Y si lo que hiciesen fuese poner las caras de ellas en fotos de cuerpos de actrices porno?

No lo tengo tan claro.
#6 Si lo que se ve son caras de menores con cuerpos desnudos, no importa si el cuerpo no es real, o es el de una mayor de edad. Es delito. Estás mostrando a menores que "parecen" estar desnudas y eso ya es delito. Si buscamos el límite de la ley, diría que quizá lo contrario no es delito: publicar fotos de una mujer mayor de edad con el cuerpo de una menor anónima desnuda, pero no estoy seguro.

En todo caso, para mayores y menores, la difusión de desnudos sin consentimiento es un delito en sí mismo, independientemente de la edad.
#14 Ok, pero el caso es que la imagen no es real, de ahí la duda conceptual.
#14 parecer es delito? y si es mayor de edad, pero parece menor, tambien es delito?
#28 No. A ver si lo explico mejor esta vez. Si la chica ES menor y PARECE estar desnuda, ya es delito. Tú podrás decir por ejemplo que solo es un montaje, que no estaba realmente desnuda... Es delito.

Si la chica NO ES menor, independientemente de lo que parezca, publicar un desnudo no es delito.

Hablamos siempre de hacerlo con el consentimiento de la chica. Sin consentimiento siempre es delito.
#30 el desnudo aqui, al ser digital, es un dibujo de un desnudo
#33 un dibujo es una representación visual. Es que no es tan complicado creo yo.
#75 esta en la categoria de la caricatura. yo puedo ser mejor o peor artista, te dibujo desnudo y digo que eres tu. como de bueno tengo que ser para que sea delito?
#6 Si yo difundo una imagen pornografica y digo que es de una niña del cole no importa mucho si es o no es ella. De todos modos puedes comprobarlo facilmente. Hazlo y mira lo que tarda la policia en llamar a tu puerta a preguntarte.
#6 Está bastante claro. SI, Se considera pornografia infantil, ya lo incluyeron en el código penal hace unos años.
De hecho hace no mucho otro joven fue detenido precisamente por eso.
Photosopear la cara de una menor en el cuerpo de un mayor de edad, se considera pornografia infantil. En nuestro codigo penal, eh.

Luego está el tema de prueba y tal, pero en principio ese supuesto que comentas está muy claro que si es ilegal.
#19 #18 Gracias. :-)
#35 Pues... mira a ver qué dicen #20 y #19
#6 no puede considerarse, no. El hentai, por ejemplo, es ficción y no es pornografía porque no es real. Fin.
#35 Si pones caras reales e identificables vas al trullo como está mandado.
#35 El hentai es dibujo al 100%, no le ponen la cara real de una chica menor de edad.
#35 Ya lo he dicho en otro comentario, pero lo repito más esquematizado para los que aún no lo tienen claro. En España cambiaron el código penal hace unos años, y ahora se considera pornografía infantil tanto:

1. Las imágenes que representan a menores reales existentes aunque dichas imágenes sean falsas.
Por ejemplo, si tu pones la cara de una menor al cuerpo de un adulto desnudo, se considera que estás generando porno grafía infantil, teniéndola y distribuyéndola de ser el caso.…   » ver todo el comentario
#84 Tienes razón entonces.
#6 Imagínate que la cara es tuya y recapacita.
#1 #6 Claro desconocimiento de la materia por tu parte. Primero por no leer la noticia, donde se indica, segundo porque obviamente no sabes que hay una ENORME diferencia entre crear un fake con IA y retocar una foto con, pongamos, Photoshop.
Si la imagen creada con IA no tiene metadatos y se hace con cuidado suficiente para que no haya pistas visuales evidentes (como manos deformes o similares) un fake con IA puede ser perfectamente confundido por una imagen real, incluso por alguien que sepa…  media   » ver todo el comentario
#57 Hombre, tú por aquí.

Primero, sí me leí la noticia aunque "corriendo" (es lo que pasa al tener un descansillo en el trabajo) y no me fijé en que habían puesto alguno de los cargos.

Segundo, de la parte técnica te puedes ahorrar explicaciones. Yo he preguntado qué cargos son esos en los que pones una foto que no es real, qué es lo que el legislador ha previsto para estos casos.
#58 En #6 has preguntado "¿Puede considerarse pornografía infantil cuando "del cuello para abajo" no es real?"

Procedo a explicártelo en #57

Me dices que me lo ahorre.

Ok... {0x1f44d} {0x1f44b}
#59 Porque mi pregunta era acerca de la parte legislativa, no de la parte técnica. Creo que era evidente.

P.D. Eso y que de esas cosas también sé un poquito.
#6 ME aprece razonable porque estás poniendo a menores reconocibles (compañeras de instituto) en actitudes sexuales, aunque no sean sus cuerpos reales, son sus caras, la parte más reconocible para saber con ellas y son menores.
No sé qué clase de educación dan los padres porque esto es tan fácil como ¿a ti te gustaría que todo tu instituto te viera así y fueras objeto de burla y acoso? Supongo que es lo de siempre, toma niño un movil de 800 pavos para que me dejes en paz mientras me tomo mi cerveza
#6 ¿Y un dibujo que se parezca mucho?
#66 Es más de lo mismo.
#67 ¿Por hacer un dibujos guarro?
#2 Otro melón es el por qué tienen niñas de 13 años redes sociales. En mi ambiente las hay de 10 años o menos.

Que coño es esto? Y los padres lo saben. Mínimo debería ser 16 años.
#32 #0. Visto el percal el mínimo para poder comprarse y disponer del primer smartphone deberían ser los 18 años.
#1 Pornografía infantil
Derecho al honor
Intromisión a la intimidad
Difusión imagen sin consentimiento
Integridad moral

Será que no hay para elegir...
cc #2
#2 puede considerarse pornografía infantil si es entre iguales, entre adolescentes?
La intención es humillar a las chicas y el delito es hacerlo público. Quizá sea delito contra la integridad moral, aparte de la flagrante falta de educación. Pero no lo consideraría de aquella manera.
#52 Pues si, no importa la edad del que lo distribuye sino la edad de la victima del delito. www.elconfidencial.com/espana/2023-12-08/detenido-menor-distribuir-vid
#2 Una cosa es hacer imágenes sexuales de menores que no existen y otra ponerles la cara de una niña y el cuerpo desnudo por IA. Cambia la cosa por lo cual, para mí es pornografia infantil
#2 Que se modifique el código penal para que sea delito alimentar una ia con fotos que no sean tuyas y se acabó la tonteria.
#89 Tambien podriamos prohibir la posesion de cuchillos. El problema no es la herramienta sino el uso que se hace de ella.
#90 Pero en nuestra sociedad no están prohibidos los cuchillos, está prohibido acuchillar a alguien.
Repito, entrena una ia con TU voz, con tus fotos, con tus programas informáticos, en serio . Quieres entrenarla con mi voz, mis fotos o mi trabajo? Es que yo necesito que me recojas las verduras del huerto durante un año... No te va bien? Bueno, también necesito a alguien que me recoja las mierdas de los gatos con los dientecitos, tampoco te va bien? Pues no alimentas la ia con datos mios.
#2 Y si no es infantil. También es delito. Está exponiendo desnudos falsos de personas verdaderas.

#1 El delito no se cual es. Pero se nota que es un delito. Por ejemplo, exposición y manipulación de identificación.
#96 ¿Manipulación de identidad? ¿Exposición?
#99 Pues te expone tu figura (cara) en internet. Además, te manipula la identidad dando hechos (desnudos) inciertos.
#1
Ponte a compartir imágenes de menores desnudas y cuando vayan a por ti nos avisas de que te acusan :-D
#3 Joer, si eres tan listo no sé por qué no te has adelantado y no lo has hecho tú.
#7 Perdona, pero eres tu el que ha preguntado :hug:
#8 Evidentemente, yo he preguntado partiendo de la ignorancia, eres tú el que ha respondido partiendo de la sapiencia.

:-P
#1 Producción, tenencia y distribución de pornografía infantil, para ser más exactos. Sumale daño al honor, y algún otro relacionado con la ley de protección de datos. Una bonita ristra les va a quedar.
#1 Lo dice la misma noticia:

"han sido imputados por la Fiscalía de Menores de esta provincia como presuntos autores de un delito contra la integridad moral por haber difundido imágenes de contenido sexual de nueve compañeras de su mismo instituto, también menores,"

Aquí extracto del Código Penal:

"TÍTULO VII
De las torturas y otros delitos contra la integridad moral

Artículo 173

1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."


noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t7.html
#10 No sólo las han difundido, también las han creado, no sé si habrá ya algún delito para eso.
#13 Ahí ya que el fiscal y juez de turno hagan uso de su conocimiento y aplicación de las leyes.
#10 Gracias, la gente ya estaba haciendo elucubraciones en cuanto al tipo de delito sin haberse leído siquiera la noticia.
#1 El código penal se cambio hace unos años para incluir este supuesto, antes de que la AI estuviera sobre la mesa. Se hizo pensando en aquel momento en la manipulacion de imagenes pero ha venido bien para esto.
Según nuestro código penal aunque sean falsas se considera pornografia infantil si representa a un menor real, esto incluye por ejemplo photoshopear la cara de un menor en un cuerpo de adulto.

Pero comentar de paso que también incluye imágenes completamente ficticias si parecen menores reales.

También ya que estamos con el tema comentar que ya emitieron una circular aclarando que este ultimo supuesto (imágenes completamente ficticias) no incluye, dibujos, manga o pinturas, solo imágenes que pudieran parecer reales
#1 El delito de pornografía infantil en España no exige que las imágenes sean reales, basta con la simulación. Al director del festival de Sitges lo juzgaron por proyectar "A Serbian Film" (donde se follan niños y obviamente es todo falso) Por suerte lo acabaron sobreseyendo, pero con la ley en la mano era culpable.

elpais.com/cultura/2012/02/22/actualidad/1329916695_275562.html
#20 La película no es pornográfica, es del género horror/drama, la intención es asustar al espectador con un claro comienzo, nudo/desarrollo y final.
#94 Supongo que la habrás visto, el protagonista es un actor porno y el ambiente del porno sale en la película.

Pero eso al juez le vale verga, salen niños en escenas sexuales, da igual si es drama o comedia entra en el tipo penal. De hecho si no hubiera sido por la repercusión mediática al pobre Angel Sala le podría haber caído una buena condena (se recogieron firmas en el sector, se habló en todos los periódicos)

Poca broma.
#1 cargo de conciencia por el pecado cometido. No tiene nada que ver con la reproducción, es puro bullying, pero cuando el móvil es sexual parece que la sociedad se vuelve exageradamente recatada.
#1 yo igual. Dado que el cuerpo es un sentado (o de otra persona), queda más cerca de la calumnia que de la pornografia infantil
Si lees la noticia pone contra la integridad moral y seguramente también contra intimidad.
Lo que no me queda claro es que la fiscalía no haya ido contra todos, el hecho de borrar las imágenes no les exime de haber cometidos los delitos ya que manipularon y difundieron las imágenes de las menores a través de grupos de WhatsApp solo las borraron cuando ya estaba abierta la investigación y por recomendación de los profesores, sino 3 cuyons las van a borrar. Así parece que la Fiscalía da manga ancha para que se repita ese tipo de delito siempre y cuando después de crearlas y difundirlas en grupos las borres, así quedas libre de culpa. Yo los hubiera juzgado a todos, la vidas de esas chavalas a quedado tocada por 4 gilipollas.
#5 Los últimos podrían haberlas recibido y no reenviarlas. No pueden evitar recibirlas, pero sí pueden borrarlas.

Que no digo que sea eso lo que haya pasado, digo que podría darse el caso.
#9 en ese caso deberían haber denunciado.
#16 espero que mi hija no me pase una foto de mi nieta de 1 año en la playa en topless o tendre que denunciarla :-D
#21 ay la ostia!
#21 Joder con los hombres de paja :palm:
¿En serio ese es vuestro nivel?
Ya tuvimos uno caso parecido en Extremadura a principios de curso:

www.diariodesevilla.es/sociedad/causa-criminal/fotos-almendralejo-ia-m

Me temo que esto va a ser muy común en los próximos años. Mejor actuar desde el principio con toda contundencia contra los zotes que hacen esto.
Pues no debe ser algo raro porque en una comisaría de policía oí a unos padres que estaban denunciando eso mismo hace mes y algo.
Parece que #0 no se ha leido la entradilla :roll:
Previamente habían obtenido fotos de las menores a través de sus redes sociales. Las imágenes habían sido manipuladas con inteligencia artificial para lograr falsos desnudos de las chicas, de entre 13 y 16 años, que más tarde compartieron en dos grupos de WhatsApp. Para ello, previamente habían obtenido fotos de las menores a través de sus redes sociales.

¿Todo se redacta con IA ahora?
#65 correcto. Es para cerrar el ciclo.
Esto va a ser una plaga. Con un poco de suerte las redes sociales se van un poquito a la mierda.
#38 O con mucha suerte, aunque lo dudo mucho, las empiezan a usar para compartir información interesante y no su puta vida.
#38 antes los Deep fake los podían hacer solo chavales con X conocimiento de edición fotográfica... Y quedaban como quedaban. Ahora son dos clics en una web y con una calidad abrumadora.
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menéame