El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha denunciado a la Guardia Civil ante la Fiscalía General del Estado por interceptar un sobre que iba a dirigido a él a pesar de estar aforado por su condición de diputado.
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etiquetas: ábalos , denuncia , guardia civil
A este señor hay que investigarlo por todos los medios legales. Y condenarlo si ha cometido delitos. Pero no escupamos hacia arriba, que luego eso baja con fuerza
Respecto a lo de "públicamente" es irrelevante
El único derecho de un aforado es ser juzgado por un juzgado distinto, de una estancia superior. En ninguna ley o norma se indica que la policía o jueces deban pedir permiso al congreso para investigar (no imputar, aunque actualmente se le llame a la figura "investigado") a un aforado. Pueden investigarle sin ningún problema.
Ahora que he visto la noticia, veo que dice que abrieron una carta privada. Me remito a mi primer comentario.
Para poder imputarlo (investigarlo) necesitan la aprobación del congreso.
www.google.com/amp/s/www.newtral.es/que-es-aforamiento-diputados-afora
"suplicatorio es un escrito que ofrece la oportunidad de que el juzgado solicite al Supremo que se abra una investigación contra la personalidad correspondiente con la autorización de la Cámara. Después es decisión del Supremo si se lleva a cabo la investigación o no"
Ahora bien ¿Para poder investigarlo de forma previa a poder imputarlo, pueden investigarlo? La respuesta es sí.
Aquí el problema es la confusión creada por emplear dos términos para lo mismo: investigado (imputado) e investigado (indagar previamente a la imputación). Puta mierda de cambio jurídico en la reforma de 2015 del PP de Rajoy.
Las investigaciones prospectivas están prohibidas. Son ilegales.
Si tienen indicios de delito deben pedir el suplicatorio e iniciar la investigación de modo oficial.
No se pueden buscar indicios de delito "porsiacaso".
Indicios -> investigación -> imputación
No va a ser indicios -> imputación -> investigación de la policía
¿Cómo sino se consigue una orden judicial de registro o de escucha sin que se entere la persona que está siendo investigada por la policía y poder conseguir las pruebas para su imputación?
Yo creo que todo esto viene de confundir imputado (por el juez, ahora llamado 'investigado') con investigado (por la policía), mal hicieron cambiando ese concepto jurídico.
Se imputa a la gente cuando hay indicios para investigarla. No se investiga a la gente a ver si aparecen indicios para imputarla. ESO ES ILEGAL.
No va a ser indicios -> imputación -> investigación de la policía
SI. Si va a ser.
Y no es "investigación de la policía". Es "investigación judicial" que realiza la policía.
NO SE PUEDE INVESTIGAR A NADIE SI NO HAY INDICIOS DE DELITO
¿Cómo sino se
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En tu último párrafo afirmas que la policía y el juez pueden investigar (emitir y ejecutar una orden de registro es claramente una acción investigadora) a alguien antes de imputarlo ¿En qué quedamos?
A ver si se puede tener una conversación seria y sin "trampas":
Todo depende a qué nos refiramos como "imputado".
Si nos referimos a un acusado que está siendo enjuiciado, ya se ha realizado la investigación y se han recopilado todas las pruebas. PERO esa… » ver todo el comentario
Lo que sí lleva a equívoco, y lo entiendo porque considero que está mal en la norma, es la palabra investigado (puede ser =imputado o todo lo demás: un acepción generalista de persona que está siendo investigada en cualquier momento del proceso judicial o prejudicial).
Es que eso es irrelevante.
No se puede investigar a nadie ni un juez puede emitir una orden de registro si no existen previamente indicios de delito.
Hacerlo ES UN DELITO.
Ahora la segunda parte. Si el.juez tiene indicios, antes de investigar a un parlamentario tiene que pedir un suplicatorio.
Si tú afirmas que se debe pedir un suplicatorio para iniciar judiciamente una instrucción contra un senador o parlamentario, indícame en qué parte de qué Ley o norma se dice eso. Yo no lo encuentro y no creo que sea así.
Si existen indicios se puede investigar sin suplicatorio, y entonces, si se hallan pruebas y se va a proceder a imputar, ahí sí se debe realizar el suplicatorio. Así lo explica la ley.
Ya es una cuestión de nombres, como indicas.
Pero siempre es necesario partir de los indicios (es decir evidencias plausibles de que alguien ha cometido un delito)
Si tú afirmas que se debe pedir un suplicatorio para iniciar judicialmente una instrucción contra un senador o parlamentario, indícame en qué parte de qué Ley o norma se dice eso. Yo no lo encuentro y no creo que sea así.
Si existen indicios se puede investigar sin suplicatorio, y entonces, si se hallan pruebas y se va a proceder a imputar, ahí sí se debe realizar el suplicatorio. Así lo explica la ley.
Y citándote ¿Tanto te cuesta? es la puñetera tetera de Russell: tú afirmas algo, demuéstralo.
Sin el permiso del congreso, no se puede investigar a ningún aforado, lo siento. Por eso lo ha denunciado.
Y a mí me da igual lo que pienses, todo el hilo ya te ha respondido con cientos de comentarios, me importa poco si tú crees lo contrario.
¿En qué ley o norma viene toda esta invención de que no se puede investigar (sin imputar) a un aforado?
Ni a un aforado ni a nadie.
confilegal.com/20190428-las-investigaciones-prospectivas-a-ver-lo-que-
corujojimenezabogados.com/investigacion-prospectiva-procedimiento-pena
Si tienes indicios de que ha matado a alguien tienes que pedir permiso al congreso para investigarle y juzgarle. Si.
La inviolabilidad de rey se extiende a los diputados?
No. El rey puede matar a tu madre y violar a tu perro y nadie le puede tocar un pelo. Con o sin permiso del congreso.
Ya lo dejó claro el Constitucional.-
Eso sí, si la UCO hizo algo ilegal y es capaz de demostrarlo, pues puede conseguir la nulidad. Pero dudo que eso suceda.
Yo diría que solo debe hacer eso para poder imputarle formalmente, pero no para las diligencias previas. No tendría sentido se pondría sobre aviso al presunto delincuente investigado por las fuerzas policiales.
Es aforado. Necesita permiso del congreso
www.newtral.es/que-es-aforamiento-diputados-aforados-senadores/2023082
¿Entiende usted la diferencia entre investigar y enjuiciar?.
Para que un juez autorice violar las comunicaciones personales de una persona tiene que considerar que inculpar le un delito. Y como pone la Constitución, debe y pedir el suplicatorio antes.
Estamos hablando de un posible delito del juez contra un derecho fundamental protegido por la Constitución.
Piénsalo un poquito, que no es tan complicado. Al menos para quien sepa redactar sin caer… » ver todo el comentario
Te recuerdo que Baltasar Gazin acabo condenado por intervenir las comunicaciones en la trama Gurtel, de investigados que no eran aforados.
Los jueces deben ser los primeros en el respeto de los derechos de los ciudadanos.
Según el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se requiere que haya indicios de responsabilidad criminal para proceder con la interceptación. Además, el artículo 588 ter a establece que la interceptación solo puede autorizarse para investigar delitos graves, como aquellos castigados con penas de al menos tres años, delitos cometidos por organizaciones criminales, o delitos de terrorismo
El juez ha… » ver todo el comentario
1º) en el capítulo dedicado a derechos y deberes fundamentales no hay nada referente a la inmunidad de los diputados;
2º) el artículo 71 de la CE. que citas dice textualmente:
Apdo. 1: Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones (nadie reprocha al diputado Ábalos declaración alguna).
Apdo. 2: Durante el… » ver todo el comentario
Te he puesto la Ley y el significado de inculpar según el diccionario.
Nadie está encima de las Leyes, ni los jueces
No sería ni el primer ni el ultimo juez condenado por vulnerar derechos fundamentales durante las investigaciones.
Efectivamente, nadie está por encima de la Ley, ni los jueces ni Ábalos. Si no ves quien es el incumplidor es que tu miopía intelectual es de magnitud… » ver todo el comentario
Es más, acabas de decir que el juez ha cometido un delito, pues dices que inculpado ya un delito cuando todavía no se votado el suplicatorio de Abalos. Ya te lías tú solo
El Estado de Derecho supone cumplir con la Ley, guste o no guste.
Vuelvo a copiartelo
Un juez en España puede interceptar las comunicaciones de un investigado solo bajo ciertas condiciones específicas y siempre con previa autorización judicial. Según el artículo… » ver todo el comentario
Tu segunda frase carece de sentido: "el juez ha cometido un delito, pues dices que inculpado ya un delito (?) cuando todavía no se votado el suplicatorio de Abalos". ¿Solías aprobar la asignatura de lengua?
No te das cuenta de que repito lo que has escrito en tu anterior intervención para mostrar su inconsistencia, puesto que a las 18.16 escribiste "Abalos ha sido inculpado de delitos graves por el juez al permitir interceptar sus… » ver todo el comentario
No has argumentado nada, salvo hablar de la forma de escribir, decir que soy ilógico...
El que está claro que no ha hecho mención a ningún fundamento jurídico o hechos eres tú. Dudo que hayas leído algo más que el título de la noticia.
Y dudo que hayas investigado cuando y como se abrió el sobre y porqué.
"Es un hecho muy grave para la democracia, muy grave para el Estado de Derecho porque es una investigación al margen de una autorización judicial"
Según la denuncia no tenían ninguna autorización judicial para hacer eso. Si existía pues el juzgado simplemente se la mostrará y desestimará la denuncia.
www.meneame.net/story/mossos-confirman-aragones-fue-espiado-sin-aval-s
El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha denunciado a la Guardia Civil ante la Fiscalía General del Estado por interceptar un sobre que iba a dirigido a él a pesar de estar aforado por su condición de diputado.
Según su denuncia, se trata de hechos delictivos de "suma gravedad" porque vulneran su derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.
Ábalos ha presentado esta denuncia el día después de que el Supremo haya elevado al Congreso el suplicatorio para poder investigarlo y juzgarlo, dado que hasta que se dé ese paso tiene inmunidad.
A este señor hay que investigarlo por todos los medios legales. Y condenarlo si ha cometido delitos. Pero no escupamos hacia arriba, que luego eso baja con fuerza
Si han sido capaces de investigaciones policiales ilegales y de espionaje, imagínate de lo que serían capaces si la ley no protegiera a determinados diputados.
Incluso con el aforamiento, consiguieron una condena por un delito inventado contra… » ver todo el comentario
LA GC está a punto de saber lo que es ser PSOED
Inquietante, verdad Carmen?