Previamente habían obtenido fotos de las menores a través de sus redes sociales. Las imágenes habían sido manipuladas con inteligencia artificial para lograr falsos desnudos de las chicas, de entre 13 y 16 años, que más tarde compartieron en dos grupos de WhatsApp. Para ello, previamente habían obtenido fotos de las menores a través de sus redes sociales.
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etiquetas: menores , agresion sexual , ia , inteligencia artifical
#1 Pornografia infantil. Casi al 100%
Lo de la IA abre un mundo nuevo de posibilidades que a priori no está regulado.
Añado una noticia antigua al respecto: cnnespanol.cnn.com/2014/06/18/el-manga-sexualmente-explicito-de-japon-
Según el artículo 189 del Código Penal, se considerará pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizadas personas con discapacidad necesitadas de especial protección:
a) Todo material que represente de manera visual a un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección participando en una conducta… » ver todo el comentario
El c dice "con fines principalmente sexuales" y el autor puede argüir otros fine (artísticos, pedagógicos,
, etc...).
El d indica "realistas" eso es subjetivo, no me refiero a la IA de la noticia sino al dibujo que comentábamos, ya sea en servilleta o en manga.
Son cuestiones polémicas, la ley debería quizá ser más clara. Si conocéis algún caso en que se haya condenado a alguien por posesión o consumo de lolicon indicadlo, yo no lo conozco.
No hay mas preguntas
Así lo entiendo yo.
Pero hay otros delitos
El artículo 197.7 castiga a aquel que, sin consentimiento de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de la víctima que hubiera conseguido con su consentimiento en un domicilio o cualquier otro lugar íntimo o privado con la intención de menoscabar gravemente su intimidad personal.
La pena de este delito se impondrá en su mitad superior cuando:
El autor es o ha sido el cónyuge o una persona con la que la víctima hubiera mantenido una relación sentimental.
La víctima es menor o discapacitada.
Existe ánimo de lucro.
Yo lo que entierndo aquí es que "real o simulada" se… » ver todo el comentario
En mi opinión, un dibujo (a mano, con IA, una foto manipulada... o lo que sea) entra en la definición de (...) material que represente de forma visual (...)
En el apartado
a) Todo material que represente de manera visual a un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada
Aquí sí que podría entenderse que incluye los dibujos, ya que habla de "todo material", pero no veo claro que el material pueda ser o no un dibujo, ya que habla de conducta "real o simulada" y para que la conducta sea real el material también debe serlo.
¿Alguien que entienda de leyes por aquí?
Osea, si es menor es menor y si no lo es no lo es, no entiendo eso de que parezca pero si no lo es aunque lo parezca no hay problema. Me pones algo así como, una mujer de 20 años por ejemplo que sea bajita y este muy aniñada entra pero no entra porque tiene 20 al mismo tiempo.
Permiteme que lo dude muchisimo
si un dibujo puede serlo, exponer a niños menores desnudos a otros adultos, supongo que tendrá que ser peor.. ¿no?
Hay que tener o bien mala intención, o bien entender muy poco de todo, para hacer esa comparación.
pero me parece curioso que un dibujo, pueda estar penado, y exponer a menores, no.
evidentemente no hay nada sexual cuando unos padres tienen a un bebe desnudo en la playa. no van por ahí los tiros y lo siento si has pensado eso. Pero si puede haber adultos mirándolos con tendencia sexual, y me temo que por desgracia existen.
yo creo que la clave en estas cosas va por donde dice #39 se refieren mas a la conducta sexual que a otra cosa.
Utilizar esta situación concreta con fines sexuales, si es delictivo. El delito está en quien actúa con esa tendencia, en quien impregna el matiz erotico en la imagen o situación.
En caso de creaciones 100% ficticias (no son retocados de imágenes reales ni composiciones si no creadas de cero) solo se considera pornografía infantil si son tan realistas que podrían pasar por reales. En su… » ver todo el comentario
#76 dice que 19.
no, no he puesto una imagen porno en MNM... pero es un ejemplo de que un dibujo de este tipo es muy dificil de interpretar que edad tiene.
Porque eran basicamente los enanos de Asia.
En Dragon Ball ves que Vegeta simboliza al japonés cerrado de mente, el samurai. No es bajito por nada...
en.wikipedia.org/wiki/Xiao_Riben
Para mi la de la foto me puede parecer de 18 o 20 perfectamente.
Y el uniforme aparenta desde colegial hasta sirviente en esos "Maid Café".
Francamente, ni puta idea. En Japón un colegial se viste de marinero creo.
www.elmundo.es/espana/2015/06/21/5585c0b4e2704eff328b4584.html, sólo se persigue si parece realista
#1 Pornografia infantil. Casi al 100%
¿Y si lo que hiciesen fuese poner las caras de ellas en fotos de cuerpos de actrices porno?
No lo tengo tan claro.
En todo caso, para mayores y menores, la difusión de desnudos sin consentimiento es un delito en sí mismo, independientemente de la edad.
Si la chica NO ES menor, independientemente de lo que parezca, publicar un desnudo no es delito.
Hablamos siempre de hacerlo con el consentimiento de la chica. Sin consentimiento siempre es delito.
De hecho hace no mucho otro joven fue detenido precisamente por eso.
Photosopear la cara de una menor en el cuerpo de un mayor de edad, se considera pornografia infantil. En nuestro codigo penal, eh.
Luego está el tema de prueba y tal, pero en principio ese supuesto que comentas está muy claro que si es ilegal.
1. Las imágenes que representan a menores reales existentes aunque dichas imágenes sean falsas.
Por ejemplo, si tu pones la cara de una menor al cuerpo de un adulto desnudo, se considera que estás generando porno grafía infantil, teniéndola y distribuyéndola de ser el caso.… » ver todo el comentario
Si la imagen creada con IA no tiene metadatos y se hace con cuidado suficiente para que no haya pistas visuales evidentes (como manos deformes o similares) un fake con IA puede ser perfectamente confundido por una imagen real, incluso por alguien que sepa… » ver todo el comentario
Primero, sí me leí la noticia aunque "corriendo" (es lo que pasa al tener un descansillo en el trabajo) y no me fijé en que habían puesto alguno de los cargos.
Segundo, de la parte técnica te puedes ahorrar explicaciones. Yo he preguntado qué cargos son esos en los que pones una foto que no es real, qué es lo que el legislador ha previsto para estos casos.
Procedo a explicártelo en #57
Me dices que me lo ahorre.
Ok...
P.D. Eso y que de esas cosas también sé un poquito.
No sé qué clase de educación dan los padres porque esto es tan fácil como ¿a ti te gustaría que todo tu instituto te viera así y fueras objeto de burla y acoso? Supongo que es lo de siempre, toma niño un movil de 800 pavos para que me dejes en paz mientras me tomo mi cerveza
Que coño es esto? Y los padres lo saben. Mínimo debería ser 16 años.
smartphone deberían ser los 18 años.Derecho al honor
Intromisión a la intimidad
Difusión imagen sin consentimiento
Integridad moral
Será que no hay para elegir...
cc #2
La intención es humillar a las chicas y el delito es hacerlo público. Quizá sea delito contra la integridad moral, aparte de la flagrante falta de educación. Pero no lo consideraría de aquella manera.
Repito, entrena una ia con TU voz, con tus fotos, con tus programas informáticos, en serio . Quieres entrenarla con mi voz, mis fotos o mi trabajo? Es que yo necesito que me recojas las verduras del huerto durante un año... No te va bien? Bueno, también necesito a alguien que me recoja las mierdas de los gatos con los dientecitos, tampoco te va bien? Pues no alimentas la ia con datos mios.
#1 El delito no se cual es. Pero se nota que es un delito. Por ejemplo, exposición y manipulación de identificación.
Ponte a compartir imágenes de menores desnudas y cuando vayan a por ti nos avisas de que te acusan
"han sido imputados por la Fiscalía de Menores de esta provincia como presuntos autores de un delito contra la integridad moral por haber difundido imágenes de contenido sexual de nueve compañeras de su mismo instituto, también menores,"
Aquí extracto del Código Penal:
"TÍTULO VII
De las torturas y otros delitos contra la integridad moral
Artículo 173
1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."
noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t7.html
Según nuestro código penal aunque sean falsas se considera pornografia infantil si representa a un menor real, esto incluye por ejemplo photoshopear la cara de un menor en un cuerpo de adulto.
Pero comentar de paso que también incluye imágenes completamente ficticias si parecen menores reales.
También ya que estamos con el tema comentar que ya emitieron una circular aclarando que este ultimo supuesto (imágenes completamente ficticias) no incluye, dibujos, manga o pinturas, solo imágenes que pudieran parecer reales
elpais.com/cultura/2012/02/22/actualidad/1329916695_275562.html
Pero eso al juez le vale verga, salen niños en escenas sexuales, da igual si es drama o comedia entra en el tipo penal. De hecho si no hubiera sido por la repercusión mediática al pobre Angel Sala le podría haber caído una buena condena (se recogieron firmas en el sector, se habló en todos los periódicos)
Poca broma.
Lo que no me queda claro es que la fiscalía no haya ido contra todos, el hecho de borrar las imágenes no les exime de haber cometidos los delitos ya que manipularon y difundieron las imágenes de las menores a través de grupos de WhatsApp solo las borraron cuando ya estaba abierta la investigación y por recomendación de los profesores, sino 3 cuyons las van a borrar. Así parece que la Fiscalía da manga ancha para que se repita ese tipo de delito siempre y cuando después de crearlas y difundirlas en grupos las borres, así quedas libre de culpa. Yo los hubiera juzgado a todos, la vidas de esas chavalas a quedado tocada por 4 gilipollas.
Que no digo que sea eso lo que haya pasado, digo que podría darse el caso.
¿En serio ese es vuestro nivel?
www.diariodesevilla.es/sociedad/causa-criminal/fotos-almendralejo-ia-m
Me temo que esto va a ser muy común en los próximos años. Mejor actuar desde el principio con toda contundencia contra los zotes que hacen esto.
¿Todo se redacta con IA ahora?