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El Supremo impide que Hacienda aproveche la vía penal para perseguir deudas prescritas

El Supremo impide que Hacienda aproveche la vía penal para perseguir deudas prescritas

El Tribunal Supremo (TS) impide a la Agencia Tributaria que aproveche la vía penal para perseguir deudas de los contribuyentes ya prescritas. La sentencia, del pasado 7 de enero de la que fue ponente el magistrado Manuel Marchena, establece que una vez que prescribe el pago de una deuda tributaria, que es a los cuatro años, Hacienda no puede iniciar después una investigación por la vía penal para cobrarse la deuda.

| etiquetas: supremo , hacienda , deudas tributarias , prescritas
Tranquilos, los defradaudadores richachones ya pueden respirar tranquilos. Y vosotros mañana a madrugar al tajo
Se pone en evidencia, una vez más, cómo el Estado utiliza todos los resquicios legales posibles para perpetuar su máquina recaudatoria. Podemos aplaudir que el Supremo limite este abuso en particular, pero no olvidemos que la raíz del problema es la existencia misma de un sistema fiscal coercitivo. Como diría Böhm-Bawerk, es simplemente otra herramienta del Estado para consolidar su poder a costa de los contribuyentes.
#2 "Como diría Böhm-Bawerk, es simplemente otra herramienta del Estado para consolidar su poder a costa de los contribuyentes."

Böhm-Bawerk tambien decia que los capitalistas no explotan a sus trabajadores... en realidad ayudan a los empleados proporcionándoles un ingreso :roll:
#5 Aquí estamos hablando de la naturaleza coercitiva del Estado y de cómo utiliza su aparato fiscal para apropiarse de la riqueza ajena bajo amenaza. Mientras que la relación entre capitalista y trabajador es voluntaria, la relación entre el Estado y el contribuyente es de fuerza, donde no existe opción a negarse sin enfrentar consecuencias legales.

Si queremos hablar de Böhm-Bawerk, recordemos su énfasis en la preferencia temporal y el valor del ahorro, que el Estado, a través de su agresivo intervencionismo fiscal, constantemente erosiona. ¿De qué sirve que el capitalista y el trabajador colaboren libremente si luego el Estado llega como un parásito a quedarse con el fruto de ese esfuerzo?
#6 la relación con el estado es tan coercitiva como la del capitalista con el trabajador, solo que los neoliberales solo veis un tipo de coerción
#12 Falso. La diferencia entre la coerción estatal y la relación entre capitalista y trabajador es fundamental. El Estado impone su voluntad mediante la fuerza y la amenaza de violencia: si no pagas impuestos, te multan; si no los pagas repetidamente, te embargan o te encarcelan. No hay opción de salida real.

En cambio, la relación entre capitalista y trabajador es voluntaria. Nadie obliga a nadie a aceptar un empleo; si un trabajador considera que su salario es insuficiente, puede buscar otro…   » ver todo el comentario
#2 Via penal es mandar a genre a la carcel.

Me parece bien q los manden, eso no prescribe a los 4 años.
#8 A los 4 años prescribe la acción para que Hacienda pueda iniciar el procedimiento para acreditar la existencia de la deuda tributaria; pasados esos 4 años, ya no puede.

Y como no puede acreditarla, tampoco puede iniciar un procedimiento penal por un delito fiscal.
#15 Pues eso no esta bien.
Vaya puta mafia :take:
Lo prescrito, prescrito está, Hacienda.
Las reglas son las reglas, para todos.

Entre jueces fachas...
Organismos mafiosos...
Instituciones inviolables...
Democratas de toda la vida...
Follaniños protegidos por el estado...

No veas con la España s.XXI
Entiendo que si no ha prescrito el delito debería seguirse el procedimiento penal, aunque la deuda esté prescrita y no se pueda exigir. Que basta de escapatorias para favorecer a los defraudadores de alto nivel
El magistrado Manuel Marchena...
Unos cuantos grandes defraudadores que se irán de rositas.
Es que es muy cantoso que alguien no pudiera pagar sus deudas y 4 años después vuelva a ser rico. Que casualidad.
¿No será para que no trinquen al novio de Ayuso, no?
Es que no funciona así, aunque tenga lógica tu argumento....

El primer paso es iniciar un procedimiento administrativo del que resulte una sanción por infracción tributaria; Hacienda tiene 4 años para iniciarlo, y, si no lo hace, su acción prescribe. Y como no puede iniciarlo, tampoco puede reclamar el importe defraudado.

Y como no puede iniciarlo, tampoco puede acreditar la existencia de una deuda tributaria; y como no puede acreditarla, tampoco puede iniciar acciones penales, aunque sepa que ha habido un delito fiscal.

Es muy peligroso, porque afectaría a derechos fundamentales, el permitir que Hacienda pueda saltarse las leyes.

menéame