#101 Y yo no pienso nada, de hecho pienso que la ideología se ha cargado el código penal puliéndose entre otros la proporcionalidad de las penas. Que un tío insulte a su pareja (y no viceversa) puede penarse tanto como el homicidio imprudente. La prisión permanente revisable fue otro acto de maquillaje del PP. Lo que está claro que nunca legislan para meter en la cárcel a los políticos corruptos haciendo casi imposible acreditar la prevaricación.
#101
36 C.P
2. La pena de prisión tendrá una duración mínima de tres meses y máxima de veinte años, salvo lo que excepcionalmente dispongan otros preceptos del presente Código.
Jurisprudencia
Artículo 76.
1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrá exceder de 20 años. Excepcionalmente, este límite máximo será:
a) De 25 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión de hasta 20 años.
b) De 30 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
c) De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
d) De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de este Código y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
e) Cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, uno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión permanente revisable, se estará a lo dispuesto en los artículos 92 y 78 bis.
2. La limitación se aplicará aunque las penas se hayan impuesto en distintos procesos cuando lo hayan sido por hechos cometidos antes de la fecha en que fueron enjuiciados los que, siendo objeto de acumulación, lo hubieran sido en primer lugar.
#150 Tu no ofreces a #72 el servicio de que pueda manejar su dinero que le guardas a través del teléfono.
Si tu te comprometes a guardar su dinero y le ofreces un numero para que pueda llamarte y operar, si eres responsable si otro te lo suplanta y le dice a #72 que puede operar a través de el.
#18 O que la App esa que detecta el uso de la Camara funciona de puta pena.
No me fio de ninguna aplicación Firewall, Antivirus, Optimizadores de las que se venden o bajan en la Store.
No sirven para una mierda, duplican funcionalidades que ya existen, o se inventan acciones defensivas para darle sentido a su propia vida. “Te he protegido de 100 troyanos”. Un mojón.
#16 Y sin contar que hablar de espiar igual es muy sensacionalista. Si una app tiene permiso para usar la cámara, será porque se lo diste, y a partir de ahí, no descartaría que use la cámara por alguna arbitrariedad, como que por ejemplo al iniciar la aplicación compruebe si la cámara funciona oestá disponible, o que sea un fallo o una mala práctica de diseño.
A mi me mosquea bastante que algunsa aplicaciones usen el permiso de ubicación, pero es que resulta que se considera que usar el "bluetooth" entra en esa categoría, por motivos técnicos que no vienen a cuento.
#76 tienes razón, sí que se puede... me equivoqué.
Lo que no puedes es mudarte al extranjero y seguir cobrando la prestación en España, y me confundí por un caso de un conocido al que le quitaron la prestación por ese motivo.
De todas formas, yo no me iría muy lejos no mucho tiempo, porque como te citen en la mutua y no acudas, te pueden quitar la prestación.