edición general
N1984

N1984

En menéame desde octubre de 2024

4,01 Karma
760K Ranking
0 Enviadas
0 Publicadas
2.607 Comentarios
88 Notas

Multas de 220.000 euros a una empresa de Alicante por usar reconocimiento facial con sus trabajadores para fichar [113]

  1. #86 y yo te lo vuelvo a repetir, la AEPD puede decir lo que le de la gana pero si contraviene ésto:
    gdpr-text.com/es/read/article-9/?col=1&lang1=es&lang2=en&l

    Es ilegal.
  1. #83 El artículo 9.1 del RGPD dice claramente que la biometría está prohibida. La AEPD no puede permitir algo ya de por sí prohibido.

    gdpr-text.com/es/read/article-9/?col=1&lang1=es&lang2=en&l
  1. #81 Aunque grabes por la calle con el móvil, no puedes cargarlo en redes sociales. Sólo puedes grabar a un tercero cuando el fin es legítimo y solo para enviárselo a la autoridad pertinente/administración como prueba. No para ponerlo en facebook.
  1. #65
    Enséñale ésto:

    Artículo 9 RGPD. Tratamiento de categorías especiales de datos personales

    1. Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física.

    gdpr-text.com/es/read/article-9/?col=1&lang1=es&lang2=en&l
  1. #64 Les han puesto dos multas, la primera por los derechos ARCO y la segunda por la biometría
  1. #72 Te explico, las cagadas de los organismos nacionales no excluyen del cumplimiento. En España pueden permitir el rastreo por cookies o registro en las páginas web y la UE tirarlo abajo dado que vulnera el consentimiento libre.

    Tu organismo puede decir que puedes hacerlo, coger uno cabreado y ponerte una denuncia, decir el organismo nacional que no y coger el pollo ir a la UE que le de la razón a él y cargarte todas las costas a ti.
  1. #73 El RGPD es el mismo para todos y no puedes poner cámaras de vigilancia en la vía pública porque se vulnera la intimidad de la gente. Es cuestión de tiempo de que una denuncia llegue a la UE y os crujan.
  1. #71 Si no está en País Vasco, Cataluña o Andalucía lo lleva la AEPD.

    Lo que puede hacer es llamar a la AEPD o al organismo que lo lleve y preguntarles diciéndoles lo que quiera decirles sin dar más datos, le dirán seguramente que mejor no ya que es casi imposible justificar la biometría.
  1. #63 La RGPD es para todos los países de la UE y tienen que cumplirla todos por igual. España en ésto no lo hacía y le han tirado de las orejas.
  1. #65 Los organismos públicos no suelen ser llevados por la AEPD sino por un organismo público. Pienso que no pueden hacerlo. Habla con el organismo correspondiente de transparencia y protección de datos de tu comunidad autónoma que no será ni la primera ni la última vez que las crujen por temas de protección de datos.

    Eso sí, ten cuidado con las represalias.

    www.aepd.es/la-agencia/transparencia/informacion-de-caracter-instituci
  1. #66 No puedes poner cámaras de vigilancia en la vía pública, te crujirán si lo haces si te denuncian ante la AEPD. Grabar a gente solo puedes hacerlo para un fin legítimo (como para dárselo a la autoridad en caso de denuncia) no por ejemplo para ponerlo en redes sociales. Si lo haces pueden crujirte vía AEPD.
  1. #53 El ministerio no tiene nada que cascar, es la UE y el RGPD.
    No hay escenario que justifique el uso de biometría. La empresa no puede a costa de vulnerar la protección de datos del trabajador suplir a los supervisores. El trabajador debe fichar y la empresa asegurarse vía supervisor de que no sólo fiche sino que además sea él.
  1. #61 La LOPD el problema que tenía es que era más permisiva que el RGPD y Europa le ha hecho un tirón de orejas.
    Sino te gusta es tu problema, pero sigue siendo ilegal.
  1. #57 Tienes que mandar fotos para contratar algunos productos?
    Ya te he puesto el enlace del consejo europeo de protección de datos que lo manda a la mierda.
  1. #46 Creo que eran 50000 euros. Pero sanción administrativa sí tienen ambas.
  1. #52 Es una idiotez permitirlo ya que puede usarse para muchas más cosas que para fichar.
  1. #49 Crees que el suplantado en cuanto le digan te vas a la *uta calle no va a acusar al suplantador de hacerlo y que no fue culpa suya???
  1. #46 Suplantanción de identidad, defraudar a la seguridad social, hacienda vía IRPF. Hay muchas vías para crujirles.
  1. #45 Por eso se lo han prohibido a la policía. Porque es una chorrada.
  1. #43 Desde el momento en que también defraudas a la seguridad social sí.
  1. #38 La presencia física puede acreditarla un supervisor. Que la empresa quiera ahorrarse costes no justifica la biometría.
  1. #36 Te sirve para que cuando denuncies tú ante el juzgado prácticamente solo se discuta la cuantía de la indemnización, no si se cometió o no. En resumen, te da fuerza para que demandes tú a la empresa ya que los actos han sido acreditados por una autoridad administrativa y la empresa no lo recurrió.
  1. #34 Cometiendo un delito penal. Recuerda que el supervisor puede comprobar si el trabajador está en su puesto. Si el trabajador fichó a través de otro y lo caza el supervisor se expone a sanción penal.
  1. #32

    Exígele una clave al trabajador
    Los supervisores tienen potestad para ver si sus trabajadores están en su puesto de trabajo.

Formas del juez con una mujer denunciante, Elisa Mouliaá, y distintas con Errejón [15]

  1. #5 Respuesta vaga ---> mentira
« anterior1

menéame