La vivienda como bien de primera necesidad es una de las tres preocupaciones de los españoles, según los últimos CIS. Pese a tener una salvaguarda al derecho a una vivienda digna en el artículo 47 de la Constitución, los resultados demuestran que estamos muy alejados de este escenario.
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etiquetas: constitución , artículo 47 , vivienda digna
El artículo 47 es un principio rector, no hay "salvaguarda" como dice la entradilla.
Desde el 39 al 52 solo principios rectores, no vinculan a los poderes públicos, no hay obligación alguna, y no cabe alegación directa sobre ellos.
En lugar de poner la constitucion, o uno de los múltiples enlaces donde se dice que el 47 NO es un derecho, llenamos internet de cosas como esta.
>app.congreso.es/consti/constitucion/indice/index.htm
El de los derechos va del 14 al 38 y el de los principios rectores va del 39 al 52.
Dice mucho del nivel de algunos.
Y ni siquiera los derechos del 14 al 38 son iguales, solo son fundamentales del 15 al 29, y luego el 14 y el 30.2 entran en el nivel mas alto de protección.
El resto del 30 y del 31 al 38 son derechos también, pero no tienen tanta protección.
Lo preocupante aqui, es que mira que lo he escrito veces, y no veo a la gente diciendo "vamos a ver quien miente" y leerse la constitución, prefieren negar la mayor.
Curiosamente no les veo quejandose del 35, y de porqué el salario de los empleados públicos no lo cumplen
Sí, ya sé que para los prevaricadores a sueldo de la banca y del gran capital inmobiliario que componen el tribunal constitucional son consejitos de los que se puede pasar como de comer mierda, ¿pero vosotros os sumáis a eso?
Como dice el artículo 53.3:
"El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen."
SI no hay leyes que desarrollen el artículo… » ver todo el comentario
[Entiéndase esto como una hipérbole literaria con animus iocandi]
Tienes una última oportunidad.
Respira, pide perdón por tus exabruptos, y podemos seguir.
pd: eres un cobarde
Me cuelgo en #13
Y hoy en día, las recomendaciones se convierten en ideologías, es decir, que cuando cambia el gobierno cambian las leyes si conviene políticamente. Es una lástima.
muchos artículos ponen algo como "acorde a la ley"
Por ejemplo el matrimonio, solo es para los hombres y mujeres, pero luego la ley es la que se encarga de las modalidaddes, de la disolución etc.
En lugar de discutir por el 47, deberían estar enfadados porque no se cumpla el 35, que si es un derecho. Y que de cumplirse, el 47 ya no importa.
principios rectores
Const. En la política social y económica, principios en los que debe fundarse la actuación de los poderes públicos.… » ver todo el comentario
El simple hecho de que no sean alegables ya te desmonta todo el argumento.
Articulo 53.3 de la constitución.
"informan" de la legislación positiva, y no puede ser alegados, solo ante las leyes que los desarrollen. Si no hay ley, y no hay obligación de que la haya, no hay alegación.
También pone "derecho" y no es un derecho, si no un principio rector.
Pero es algo subjetivo, unos pueden pensar que la vivienda se arregla liberalizando el mercado y construyendo a saco, otros pueden pensar que es regularizando precios....no hay una formula correcta legalmente hablando y no puedes recurrir a un tribunal para que te de lo que quieres.
Un derecho real sí es más objetivo y recurrible.
Los ciudadanos pueden votar a poderes públicos que sean liberales y sería una opción legítima. No hay más.
A lo mejor no entiendes la situación porque aplicas tu sesgo ideológico y no aceptas alternativas.
Si pusiesen tanto esfuerzo en defender y exigir el cumplimiento del 35, el 47 no importaría.
El problema es que la inmensa mayoría, no sabe cuanto vale cada cosa.