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El artículo 47 de la Constitución y el fracaso del derecho a una vivienda digna

El artículo 47 de la Constitución y el fracaso del derecho a una vivienda digna

La vivienda como bien de primera necesidad es una de las tres preocupaciones de los españoles, según los últimos CIS. Pese a tener una salvaguarda al derecho a una vivienda digna en el artículo 47 de la Constitución, los resultados demuestran que estamos muy alejados de este escenario.

| etiquetas: constitución , artículo 47 , vivienda digna
Otro envío como lo mismo?

El artículo 47 es un principio rector, no hay "salvaguarda" como dice la entradilla.

Desde el 39 al 52 solo principios rectores, no vinculan a los poderes públicos, no hay obligación alguna, y no cabe alegación directa sobre ellos.
#1 Claro, pero no todo el mundo ha asistido ni puede asistir a clases de Derecho Constitucional.
#2 No hace falta dar clases de nada, la constitución está ahi, al acceso de todos, en internet, y con leerse los primeros 5 capítulos, es mas que suficiente.

En lugar de poner la constitucion, o uno de los múltiples enlaces donde se dice que el 47 NO es un derecho, llenamos internet de cosas como esta.
#2 Bueno, tampoco es que sea tan tan complicado de entender con el mero índice de la CE y sabiendo que el artículo sobre la vivienda es el 47, que hasta eso llegan mirando el título de este meneo.

>app.congreso.es/consti/constitucion/indice/index.htm

El de los derechos va del 14 al 38 y el de los principios rectores va del 39 al 52.

Dice mucho del nivel de algunos.  media
#4

Y ni siquiera los derechos del 14 al 38 son iguales, solo son fundamentales del 15 al 29, y luego el 14 y el 30.2 entran en el nivel mas alto de protección.

El resto del 30 y del 31 al 38 son derechos también, pero no tienen tanta protección.

Lo preocupante aqui, es que mira que lo he escrito veces, y no veo a la gente diciendo "vamos a ver quien miente" y leerse la constitución, prefieren negar la mayor.

Curiosamente no les veo quejandose del 35, y de porqué el salario de los empleados públicos no lo cumplen xD
#1 ¿"Principio rector" qué significa para vosotros? ¿"Consejito del que se puede pasar como de comer mierda"?

Sí, ya sé que para los prevaricadores a sueldo de la banca y del gran capital inmobiliario que componen el tribunal constitucional son consejitos de los que se puede pasar como de comer mierda, ¿pero vosotros os sumáis a eso?
#6 Literalmente, es eso, y no, no es "para vosotros" es para ti también.

Como dice el artículo 53.3:

"El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen."

SI no hay leyes que desarrollen el artículo…   » ver todo el comentario
#7 Me la pela lo que diga Podemos. Eso es una canallada contra la gente más pobre y humilde de España al servicio de la banca y del poder por la que esa banda de HDPs tendrían que pagar si hubiera justicia en este mundo. "Para mí", desde luego, ni lo es ni lo será jamás y apoyaré a quien lo combata por razones de decencia elemental.
#8 Relajate un poco y cuando hayas contado hasta 5, vuelves por aqui.
#9 Mejor os relajáis vosotros de joder a los pobres y los débiles sin parar.
#10 Vale, mejor cuenta hasta 10.
#11 Una guillotina, dos guillotinas, tres guillotinas...

[Entiéndase esto como una hipérbole literaria con animus iocandi]
#12 Que sean 15.

Tienes una última oportunidad.

Respira, pide perdón por tus exabruptos, y podemos seguir.
#13 No tengo la menor intención de seguir tratando sobre si el terrorismo económico contra la gente pobre es legal o no.
Pues ale, reportado entonces por incitación al odio.

pd: eres un cobarde

Me cuelgo en #13
#1 El gran problema es que se convierten, al final, en una recomendación.
Y hoy en día, las recomendaciones se convierten en ideologías, es decir, que cuando cambia el gobierno cambian las leyes si conviene políticamente. Es una lástima.
#16 Toda la constitución está escrita así realmente.

muchos artículos ponen algo como "acorde a la ley"

Por ejemplo el matrimonio, solo es para los hombres y mujeres, pero luego la ley es la que se encarga de las modalidaddes, de la disolución etc.

En lugar de discutir por el 47, deberían estar enfadados porque no se cumpla el 35, que si es un derecho. Y que de cumplirse, el 47 ya no importa.
#19 Totalmente de acuerdo.
#1 No estoy de acuerdo contigo, a mi entender los principios rectores sí son vinculantes, tal como vienen definidos. La palabra "debe" indica obligación. En cuanto al título 47 no dice que se intentará ofrecer una vivienda digna, dice que todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y por definición los derechos son inalienables.

principios rectores

Const. En la política social y económica, principios en los que debe fundarse la actuación de los poderes públicos.…   » ver todo el comentario
#17 No voy a discutir eso contigo.

El simple hecho de que no sean alegables ya te desmonta todo el argumento.

Articulo 53.3 de la constitución.

"informan" de la legislación positiva, y no puede ser alegados, solo ante las leyes que los desarrollen. Si no hay ley, y no hay obligación de que la haya, no hay alegación.

También pone "derecho" y no es un derecho, si no un principio rector.
#17 Un principio rector 'obliga' a los poderes públicos a promover medidas favorables para esos temas.

Pero es algo subjetivo, unos pueden pensar que la vivienda se arregla liberalizando el mercado y construyendo a saco, otros pueden pensar que es regularizando precios....no hay una formula correcta legalmente hablando y no puedes recurrir a un tribunal para que te de lo que quieres.

Un derecho real sí es más objetivo y recurrible.
#20 Te compraría ese argumento si en el mercado libre toda la ciudadanía tuviese vivienda digna, Además, el mercado llbre no son los poderes públicos, es una delegación de competencias a manos privadas, algo no contemplado en la Constitución.
#21 Que tú tengas opiniones sobre como debería hacerse es irrelevante, tú opinión no cuenta nada.

Los ciudadanos pueden votar a poderes públicos que sean liberales y sería una opción legítima. No hay más.

A lo mejor no entiendes la situación porque aplicas tu sesgo ideológico y no aceptas alternativas.
#22 Ves? la gente en lugar de decir "joder, pues si, tienen razón" niegan, buscan piruetas para tratar de defenderse.

Si pusiesen tanto esfuerzo en defender y exigir el cumplimiento del 35, el 47 no importaría.
#1 En nuestra constitución algunas "cosas" valen y otras no. :troll:
#25 Valen todas.

El problema es que la inmensa mayoría, no sabe cuanto vale cada cosa.
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menéame