La indemnización por despido improcedente no puede verse incrementada atendiendo a circunstancias concretas de cada caso. Así se desprende de una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, emitida el pasado jueves en materia de unificación de doctrina... El tribunal ha establecido que la indemnización por despido improcedente fijada en el Estatuto de los Trabajadores no puede incrementarse judicialmente con cantidades adicionales, aunque el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo indique que debe ser "adecuada"
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etiquetas: supremo , sentencia , despido improcedente
Ya existe una ley que fija los importes. Si son pocos (algo que no juzgo en este momento), pues lo que se debe es cambiar la ley, no dejar a criterio de los jueces el importe de la indemnización, porque igual que ahora te la suben, mañana pueden, basándose en criterios personales, reducirla.
Y claro, eso no.
Y si además al menos hubiéramos abierto el enlace la noticia: "La pretensión de incrementar la indemnización por causas que atiendan al caso concreto
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