Respecto al IRPH, como ya sabéis los jueces de algunas Audiencias Provinciales estiman que era suficiente para su explicación remitir a la Circular 8/1990. Pues bien, resulta que el BOE en esa Circular omite tanto la definición como la forma de calculo del IRPH. Por tanto era imposible físicamente localizar el IRPH para un consumidor con la referencia al BOE.
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