Si la cuota elegida durante el año resultase inferior a la asociada a los rendimientos comunicados por la Administración tributaria correspondiente, se notificará al trabajador el importe de la diferencia. Este importe deberá ser abonado antes del último día del mes siguiente a aquel en que se haya recibido la notificación con el resultado de la regularización.
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Sarcasmos a parte: No sería más razonable pagar una tarifa y a final de año, según los ingresos reales, que toque devolver o aportar? No, el autónomo (que ya tiene suficientes problemas) tiene que estimar sus ingresos a un año vista. ¿a caso no pagamos, todos, los impuestos a base de lo que hemos ganado? ¿os imagináis pagar en función de lo que ganaréis en año que viene?
Un sin sentido. Hay que facilitar las cosas, no complicarlas.
De todos modos, yo prefiero el sistema británico. Una pensión estatal igual al salario mínimo y, el que quiera más en su jubilación, que ahorre, invierta o compre oro/bitcoins o lo que le salga de las narices. Viendo la pirámide poblacional, me huelo que la pensión del Estado la van a cobrar funcionarios y políticos para cuando me toque a mí.
Un ejemplo como asalariado:
Salario inicial en enero de 1300, irpf de 1300xnum de pagas para obtener el tramo y aplicar irpf a esos 1300.
Febrero igual
Salario en marzo de 1400 por subidas y atrasos varios, irpf de 1400xnum de pagas para obtener el nuevo tramo y aplicar irpf a esos 1300.
Con los autónomos se puede trabajar de forma parecida. Se hacen estimaciones para ajustar y luego en la Renta del año siguiente es cuando se hace el balance.
Las cuotas de la ss son algo más complejas de ajustar por el tema de los devengos y las regularizaciones mes a mes. No obligan a hacer estimaciones, puesto que se pueden regularizar retroactivamente.
Si tú no tienes conciencia de tu sudor y el uso que se hace de él muy bien por ti