Un total de 879 progenitores investigados o condenados por violencia de género aún disponen de un régimen de visitas de sus hijos menores de edad pese a que la ley actual lo prohíbe taxativamente. Esta situación de ilegalidad se permite pese a que el pasado 3 de septiembreentró en vigor una reforma del Código Civil que establecía el bloqueo de las visitas de progenitores investigados por violencia de género y/o doméstica a sus hijos menores. El artículo 94.5 del Código Civil publicado en el BOE el pasado 4 de junio así lo establece.
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