Puede ser por lo que dijo #88 :
Si es régimen de gananciales o no.
Por si hay alguien que no lo sabe, al casarse dos personas en España pueden hacerlo en régimen de gananciales, o bien puede ser con bienes separados.
Gananciales es la opción más habitual, y por defecto en la mayoría del territorio, excepto Cataluña y no sé si alguna otra excepción...
Y significa que el dinero que gane uno es de ambos, a partes iguales.
Es decir, si están en gananciales y Begoña ganó un dinero, ese dinero ganado no es solo de Begoña sino también de Pedro.
Este detalle no es nada irrelevante, porque, atención:
si un familiar directo (esposa en este caso) cometiera un delito, y te llaman como testigo para decidir si es culpable o no, entonces en general, por el hecho de ser la acusada familiar directo tienes derecho a no declarar...
Pero eso es "en general".
Sin embargo, si ese delito de otro te beneficia y sabes algo y no dices nada, entonces resulta que habría un delito... en este caso delito por parte de Pedro... no sé si se trata de "encubrimiento" o de "cómplice" o de "partícipe a título lucrativo"... como dijo #113
Ya sé que no es ninguna minucia pedir algo que puede incriminar al mismísimo Presidente del Gobierno estando en el cargo de Presidente... al ser aforado, cosa que Begoña no sería, solo podría ser juzgado por el Tribunal Supremo. Es decir, en caso de que se encuentren indicios de un posible delito de Pedro supongo que cambia el asunto, elevándolo al Supremo.
Yo no tengo todos los datos / evidencias disponibles en esta investigación judicial, pero por lo que he leído hay al menos ciertos indicios (quizá no pruebas contundentes, no lo sé) de que Begoña podría haberse lucrado de forma indebida. Por ejemplo, se dice que tenía unas competencias en un Master sin tener los requisitos que se suelen exigir... no tenía el nivel de estudios adecuado.
Por dar clases y otras actividades recibió pagos (ingresos) en su cuenta bancaria... Dinero que, como dije antes, si están en gananciales (lo habitual) es dinero también de Pedro. Pero si están en bienes separados no sería de Pedro, sería únicamente de ella y a nivel legal no se consideraría que Pedro tuviera un lucro...
También de dice que hay indicios de que se pudo haber lucrado con un software desarrollado en la universidad.
No sé si puede haber otros datos de interés en el certificado de matrimonio.
La fecha del matrimonio es relevante, ya que el lucro antes de la fecha no afecta a Pedro.
Se trata de una mala traducción por parte del artículo.
El original dice:
"Hey, bitch! We control your body!"
El artículo traduce "bitch" por "puta" pero no me parece la mejor traducción.
Rara vez hay traducciones perfectas, ya que cada palabra en cada idioma suele tener varios significados (polisemia) o varios usos que no coinciden al 100% con otra palabra de otro idioma...
Sin embargo, hay significados más cercanos que otros y por eso digo que elegir "puta" como traducción no es la mejor traducción, o que es un poco mala.
Literalmente y/o originalmente la palabra "bitch" es la hembra del perro, es decir, la "perra" en sentido del animal. También se usa para la hembra del zorro, pero esto es mucho menos habitual.
Obviamente, este significado literal no es el que usa Nick Fuentes en esa frase... no se refiere a hembras de animales sino a mujeres.
Entonces habría que ir al significado "vulgar" o de jerga (callejera), lo que se llama "slang":
En este significado vulgar la palabra "bitch" se considera lenguaje ofensivo, o tabú... una palabrota... y se refiere a una mujer "beligerante" / "maliciosa" / de mal carácter / "malparida" / "mala pécora" / "desagradable" / "dominante" / asertiva ... a veces "[mujer] insufrible"...
Más o menos lo contrario a una mujer sumisa / dócil / pasiva... o "buena chica" / agradable / inocente.
En este sentido de mujer "poco inocente", y también en el sentido de ser una palabra insultante contra una mujer, se acerca un poco, a veces, a algunos significados de la palabra "puta" en español... como cuando alguien dice "esa tía es muy puta, se folla a todos" (promiscua) pero no en el sentido de ser una… » ver todo el comentario
#122
Hay casos en los que un peatón sí puede ir por una calzada, incluso corriendo.
En este caso parece ser un acto, un evento, que las autoridades han celebrado sobre la calzada... Es decir, parece que dichas autoridades permiten que esa calzada sea peatonal, como cuando hay una manifestación o el Día del Orgullo Gay o la Cabalgata de Reyes.
Por otro lado, aunque fuese ilegal, eso no implica que tenga pena de cárcel.
Seguramente es ilegal que un peatón pase un semáforo cuando no debe... Pero eso no implica que si cruza cuando no debe le puedan meter en la cárcel. Ni siquiera cuando es de izquierdas.
¿Puedes darme alguna prueba de alguien de izquierdas condenado por andar o correr por la calzada? Y si existe un caso así ¿verdad que no fue condenado a la cárcel?
¿Por qué, entonces, aseguras que si no lo meten en la cárcel es por ser de derechas? ¿No será que si no lo meten en la cárcel es porque no hizo ningún delito que tenga pena de cárcel?
Sí tiene que ver...
Has respondido a un mensaje que dice que hay mujeres que deciden tener hijos solas.
Si una persona quiere tener un hijo y esa persona es hombre no podrá tener el hijo por sí solo...
Una parte de la relación de ideas es que supuestamente un hijo deseado tiene menor riesgo de sufrir un descuido por parte de un progenitor.
Si una mujer está muy segura de desear un bebé, puede evitar el riesgo de tener que dejar ese bebé a un hombre.
Si un hombre está muy seguro de tener un bebé, no puede evitar (al menos en España) que una mujer tenga parte de la custodia de ese bebé y, por tanto, este hombre se ve obligado a un posible riesgo de otra persona, la madre, que él no sabe si quiere ese bebé tanto como él.
Dicho de otra forma:
tu comentario sugiere "también hay casos de mujeres que dejan descuidados a los bebés"...
Y la respuesta es pertinente en el contexto:
"sí, eso también ocurre, pero el hombre no puede evitarlo... "
Cuando ocurre, la mujer culpable se supone que será condenada, pero el padre perdería su bebé.
Sin embargo, la mujer puede por motivos biológicos y legales evitar que otra persona tenga derecho legal a ocuparse del bebé de ella.
La seguridad vial es difícil que condene a la cárcel a un peatón... Otra cosa sería si quien causa destrozos fuese conduciendo un vehículo, que puede matar a alguien.
Existen testigos y suficientes pruebas para condenar... Ahora bien, lo habitual es que si la pena es menos de 2 años el juez permita que no pise la cárcel... suponiendo que no tiene antecedentes penales, claro.
Dicho de otra forma: creo que no hay motivos para condenar a más de 2 años y si un juez condena a más de 2 años sin motivo sería prevaricación, si lo hace a sabiendas de que no es una condena justa.
Sí, lo vi. Es una serie llamada "Respira", Episodio 8 (titulado "Gota fría" en la versión en español y "DANA" en la versión en portugués). Estrenada en agosto de este año 2024.
En ese episodio se habla de 400 litros en pocas horas (creo que dijeron 3 horas)... En Twitter dicen que la fecha en la ficción es el 30/10, aunque no encontré esa fecha en el episodio.
Creo que en el suceso real fueron más de 500 litros por metro cuadrado, aparte del día 29/10
La serie se empezó a producir a principios de 2023 y el rodaje comenzó en agosto de 2023, durante unos 5 menes (calculo hasta enero de 2024). Es posible que cuando rodaran el Episodio 8 ya hubieran ocurrido las grandes inundaciones de 2023 en Europa: en Grecia, por ejemplo. Por supuesto, el levante español y en particular Valencia ya sabemos que es zona de la llamada "gota fría", típicamente en septiembre u octubre.
No ha dicho ninguna mentira:
a lo largo de la historia del planeta ha habido glaciaciones y subidas de temperatura, mucho antes de la aparición del Homo Sapiens.
#5
Ahora bien, la tal Alicia de este meneo no habla de "cambio climático" a secas sino "cambio climático antropogénico", es decir, causado por el ser humano.
¿Existe esto? Hay varias pruebas de que SÍ.
1. Se pueden saber (deducir) los cambios de temperatura históricos a partir de restos geológicos...
No digo que no haya que saber de ciencia para comprender todo el razonamiento de forma rigurosa... Pero quien "no se fíe" puede verificar los pasos del razonamiento, las pruebas, dónde y cómo se toman, por qué de ellas se deduce, es decir, puedes "VER" / "comprobar con tus propios ojos" y se llega a la
CONCLUSIÓN de que la subida de temperatura actual tiene una velocidad de cambio y unos niveles que nunca antes se habían alcanzado. Por tanto, si bien es cierto que ha habido cambios de temperatura global antes... el cambio actual es algo que NO corresponde a los cambios naturales ocurridos anteriormente.
Este hecho, por sí solo, no prueba de forma rigurosa que sea antropogénico... El método riguroso de la ciencia para probar causalidad es lo que se llaman "experimentos", es decir, "Estudios de intervención", en contraposición a meros "Estudios observacionales".
Ahora bien, aunque esto por sí solo no pruebe que el ser humano lo ha causado, sí es una evidencia que se contrapone al argumento de que "los cambios de temperatura ya han ocurrido antes", como si lo de ahora fuera algo "normal". Deja claro que no es normal...
2. Además, hay evidencia experimental del Efecto Invernadero.
Esto sí es prueba de CAUSALIDAD. El CO2 causa mayor subida de temperatura.
¿Cómo demostrarlo? Se toman numerosos recipientes, ejemplo 400, y en la mitad se coloca una cantidad de CO2… » ver todo el comentario
Sí, es el diccionario de 2001, no me di cuenta, fue una equivocación mia ¿de acuerdo?
Nota: es obvio que esa equivocación me era favorable, no digo que no tuviese un sesgo por aceptar lo que era favorable a mis ideas anteriores... se llama "sesgo de confirmación". Pero te aseguro que no lo hice a propósito sabiendo que no era la última versión del RAE. No, no lo sabía, pensaba que era la última versión de RAE.
En este punto puedes creerme o no, ahí ya no depende de mi... Y, por supuesto, puedes hacer lo que quieras. Aparte de que no puedo hacer nada para que me creas, es que tampoco tengo un gran incentivo si me crees, ni voy a ganar dinero si me crees ni me voy a poner triste si no me crees.
En la versión actualizada de RAE, esa definición que puse como segunda acepción aparece la quinta, sí... pero la segunda dice:
2. f. Cosa que no es verdad. Se leen muchas mentiras en esta novela.
Ant.: verdad.
Vamos, que mucha gente usa "mentira" como el antónimo de verdad. Ej: "Eso que dices no es verdad, por tanto, eso es mentira". ¿No has oido a nadie usar la palabra con este significado? (Yo sí)
Lo del "payaso tonto", pues qué quieres que te diga... a ti te parecerá que lo que dije es una soberana tontería, o algo así, pero es mi opinión. Sí, en mi opinión las situaciones extremas, con caos, riesgo de morir, situaciones anómalas a las que no se está acostumbrado, hace que la gente se ponga muy nerviosa, que tenga miedo, ¡pánico!...
Y eso induce a la "paranoia", a pensar y decir cosas mal dichas, equívocos, sí, no actuar con calma, no ser racional...
Ej: alguien oye "desabastecimiento de agua" [en tal pueblo] y "cree" que hablan de "desabastecimiento" de comida... o bien piensa que hablan de su pueblo, cuando en realidad dijeron otro pueblo...
También es posible lo opinas tú, que fue muy estúpida o muy malvada que solo quería "ver el mundo arder", es decir, transmitir información falsa sabiendo que es falsa...
Aunque yo no opine que sea esto, no por ello te digo que has comido al Joker. Respeto tu opinión.
Vale, me creo que haya algunos usuarios en algunas redes sociales que creen bulos para:
* ganar followers / subscriptores
* obtener más visitas, que
unas veces implica ganar dinero
y otras veces implica hacerse más "popular" / más conocido... más protagonismo.
Pero el meneo habla de WhatsApp... El reenvío de WhatsApp no muestra quién fue el primero en crear el texto. Además, WhatsApp se usa entre conocidos: amigos y familiares, no para ganar "followers". No existen "followers" en WhatsApp: aunque puedes añadir un contacto sin que él te añada, solo verás algo de esa persona si te escribe (excepto cambios en su perfil), y para añadirlo tienes que tener su número de teléfono (algo que se suele considerar demasiado personal... salvo Ignatius Farray). Tampoco paga WhatsApp, ni por followers ni por visitas, y los reenvíos están limitados a 5 personas (excepto grupos de WhatsApp).
¿Por qué alguien podría inventar una información falsa (sabiendo que no es verdad) para enviarla por WhatsApp?
* ¿Por hacer una broma / "trolear"? No parece el caso en una situación de catástrofe.
* ¿Por un experimento? ("a ver cuántos se lo creen, a ver si esta falsedad se hace famosa"). Pse, no creo.
* Me decanto más por pensar que se hace por equívocos, malos entendidos... y "teléfono escacharrado": un usuario A lee / oye una cosa, escribe lo que "entendió" (no las palabras exactas) o lo que recuerda. Otro usuario B lee o escucha a A y dice lo que pensó que el otro quiso decir...
La forma de ser de las personas, movidos por emociones y "pasiones" hace que no se reenvíe más lo que tenga más evidencia de ser cierto, sino:
1. Lo que más impacta emocionalmente
2. Lo más novedoso
3. Lo que parece más valioso
Dentro del punto 1 habría varios casos:
1.1. Lo que da más miedo...
Ejs: rotura de una presa, o un plan maquiavélico (conspiranoia) de unos ricos poderosos para crear una máquina que produce terremotos y tsunamis... ¿Hay evidencia? No, ninguna, pero como da miedo... produce un impacto emocional, no se olvida, y se reenvía "por si acaso".
1.2. Lo que produce asombro.
Ej: un deportista que ha hecho una pirueta impresionante... no da miedo pero asombra. A veces eso que produce asombro es falso...
1.3. Lo que es gracioso.
1.4. Lo que indigna: la emoción sería la ira o enfado.
1.5. Lo que da asco. Ej: el bulo de que las latas de refresco tienen pis de rata...
El sensacionalismo de la prensa se basa en eso: hacer como sea que algo te sugiera miedo / indignación / asombro / gracia / ....
Ejemplos del punto 3:
3.1. Algo peligroso... se considera información valiosa para salvar la vida o evitar una enfermedad.
3.2. Una forma de obtener un regalo, de ganar dinero, etc
El titular del meneo dice
"subir a WhatsApp una mentira"
En todo caso sería #54 quien cambió la palabra "mentira" por "mentir" para intentar tener razón o despistar.
Creo que es obvio el significado de la palabra "mentira" en el meneo: una falsedad, sea dicha a propósito, sabiendo que es falsa o ya sea dicha sin saber que es falsa... y, por tanto, un equívoco se incluye en "mentira" según el significado del meneo.
¿Acaso tú crees que quién escribió la noticia sabe quien elaboró la información falsa y si sabía que era falsa??
Sí, me precipité (busqué en Google y lo primero que salió) y copié de una acepción del diccionario RAE de 2001 en lugar de 2024...
Pero si hubiera copiado del de 2024 la segunda acepción dice que es algo que no es verdad, es decir, algo falso. Por tanto, una mentira también se usa para decir algo que no es verdad, aunque sea por una equivocación.
1. f. Expresión o manifestación contraria a lo que se sabe, se cree o se piensa.
2. f. Errata o equivocación material en escritos o impresos. Se usa más tratándose de lo manuscrito.
--------
Por tanto, eso es mentira en la segunda acepción de la palabra.
Por supuesto, es cierto que "mentir" se usa principalmente para expresar que quien lo dijo sabe que no es verdad, es decir, la primera acepción de mentira.
En el contexto de la noticia:
"subir a WhatsApp una mentira en plena catástrofe".
¿Crees que quien dijo alguna de esas falsedades sabía que lo que estaba diciendo era falso?
Ejemplo:
Una persona P dice que "el 112 no funciona".
¿Qué evidencia tiene el autor del artículo para afirmar que la persona P sabía que sí funcionaba el 112 y dijo eso sabiendo que era falso????
¡¡Si ni siquiera se sabe quién originó ese bulo!!! ¿Cómo se va a saber si lo sabía o dejaba de saber???
Y quiero pensar que quien reenvía lo hace pensando que es cierto... No se me ocurre ningún motivo en este caso para reenviar eso si sabes que no es verdad... salvo por despiste, alguien que le dio a reenviar sin querer... o que su intención fuese expresar QUIEN había dicho esa barbaridad, y no dar a entender que piensa que la barbaridad es cierta.
Es posible que quien dijo por primera vez que el 112 no funcionaba hubiese llamado a ese número (o a otro) y no hubiera podido contactar, es decir, que dijese esa falsedad por error. También es posible que hubiese llamado a otro número, o que sea una frase sacada de contexto: "He llamado y no me han solucionado el problema. El 112 no funciona." En ese contexto la frase la dice dando una opinión, algo que cree cierto. Luego, otra persona por despiste, por error, cree que realmente el 112 no funciona y reenvía esa frase suelta.
Y, dada la magnitud de la catástrofe, y la evidente falta de servicio de… » ver todo el comentario
¿Y no se te ocurre pensar que quizá una ley que prohíba y castigue todas las informaciones falsas sea mala idea??
¿Acaso tú nunca te equivocas?
¿En todos tus exámenes siempre sacaste 10? Es decir, ¿nunca jamás dijiste algo que era equivocado, y, por tanto falso?
¿Buscamos algo falso que hayas dicho y te castigamos? ¿Crees que nunca dijiste algo que es demostrablemente falso?
La ley que propones choca con la libertad de expresión.
No es tachar de "comunistas" sino más bien de "totalitarios"... como, por ejemplo, los "fascistas".
Entonces, ¿Qué hacer?
¿Dejar que sigan los bulos sin hacer nada??
No: hacer algo. Esta es mi propuesta:
Educación:
En los colegios también, desde niños, pero no solo ahí.
En televisión: emitir con frecuencia mensajes publicitarios para recordar que no hay que creerse ni reenviar todo lo que se lee...
Programas de TV, más extensos que un mero recordatorio publicitario, donde se explique el pensamiento crítico:
* Explicar una falacia cada día.
El nombre de la falacia, por qué es un razonamiento incorrecto, ejemplos...
* Enseñar a documentarse, a buscar información, contrastar información, distinguir unas fuentes de información de otras.
+ Explicar bien el método científico:
++ Distinguir Estudios observacionales de Estudios de intervención. Diferenciar correlación y causalidad.
++ Explicar estadísticas
Y las formas en unos números pueden llevar a engaño
Y cómo algunos gráficos o diagramas de barras pueden llevar a engaño.
* Explicar los sesgos cognitivos
+ Explicar los bulos:
* Cómo se expanden los bulos
Las emociones, como, por ejemplo, el miedo, que debilitan nuestro pensamiento racional, nuestra calma, y nos llevan a reenviar algo "por si acaso" sin haberlo verificado.
* Por qué alguien origina información falsa:
Unas veces por un desafortunado error, por un malentendido.
Otra veces por una manipulación… » ver todo el comentario
#262
Eso es.
Veo que has pillado la relación entre ambos asuntos.
Unas personas tienen derechos y otras personas también tienen derechos.
Y que una persona no diga "no" no implica siempre que desea un tocamiento o una relación sexual.
Una diferencia en este caso es que una agresión sexual como tocar un culo me parece más grave, en general, que revelar ciertos secretos de la vida sexual... aunque la condena en años de cárcel sea similar.
Otra diferencia es que cualquiera puede denunciar a alguien que ha tocado un culo, incluso cuando era consentido... basta que el que pone la denuncia no sepa con seguridad que era consentido. Sin embargo, no cualquiera puede denunciar a quien está revelando secretos de la intimidad de otro...
Es decir, que no denuncie una víctima de un tocamiento de culo no implica que el agresor quede impune, ya que puede denunciar otra persona... pero si el afectado de revelar su vida sexual no denuncia o ha fallecido, no hay otro que pueda protegerlo.
Creo que te equivocas...
al ser un delito de ámbito privado solo puede denunciarlo el afectado, Errejón en este caso, ni tú ni yo ni otro, solo Errejón...
No es ámbito público, como un asesinato, porque la existencia o no de delito depende del deseo del afectado de que se sepan esos datos o no...
Y creo que cuando es privado en lugar de "denuncia" se suele hablar de "querella".
Pero, como dije, dudo que él se querelle contra Fallarás... por diferentes motivos. Que él no denuncie no significa que no se haga un daño contra él, ni que "consienta" la publicación de su vida sexual...
A menos que se considere "una pluralidad de personas" pero de momento solo veo que afecte de forma clara a Errejón y no a otras personas con nombre y apellidos.
------------------
Artículo 201.
1. Para proceder por los delitos previstos en este Capítulo será necesaria denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Cuando aquélla sea menor de edad, incapaz o una persona desvalida, también podrá denunciar el Ministerio Fiscal.
2. No será precisa la denuncia exigida en el apartado anterior para proceder por los hechos descritos en el artículo 198 de este Código, ni cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas.
3. El perdón del ofendido o de su representante legal, en su caso, extingue la acción penal o la pena impuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4. del artículo 130
---------------------------
Artículo 197 (Código Penal)
[Revelación de secretos]
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5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.
6. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado 5, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.
-------------
Notas:
a. Para que un dato se considere "de carácter personal" debe ser de una persona identificada o identificable.
Si bien decir "un conocido político madrileño de izquierdas" creo que puede considerarse que no es identificar claramente a una persona, sin embargo, ciertos datos extras pueden hacer que sea "identificable"... Se puede deducir quién es.
Decir la ideología de Errejón no es ningún "secreto", así que aunque sea un dato personal suyo, él revela abiertamente esa ideología y no hay problema en que otro la revele. Sin embargo, su vida sexual es su vida privada y es delito revelarlo...
Cuando Errejón, de forma privada, le dice "a Sumar" (a personas del partido Sumar) que ciertos hechos publicados son ciertos, eso constituye una conversación privada entre Errejón y Sumar, referente a actos de carácter sexual... y sería delito que Sumar haya revelado a la prensa que Errejón confirme informaciones publicadas. Esta confirmación en privado no implica que Errejón haya dado permiso para que los datos de su vida sexual o su confirmación de esos datos sea publicado.
b. El 197.1 habla de entre 1 y 4 años de cárcel, y, por tanto, la "mitad superior" sería entre 2.5 y 4 años de cárcel... si se… » ver todo el comentario
Es cierto que el delito de injurias es delito penal, pero al ser delito privado y no público, no se denuncia, sino que el afectado tiene derecho a poner una querella... Todo aquel delito penal que sí se puede denunciar puede hacerlo cualquiera, y es "deber" de "cualquiera" denunciarlo, salvo las excepciones que dije antes (familiares, abogados a sus clientes, etc).
"Dice que va a denunciar ahora, pero no denunció cuando la cesaron?"
El cese ha sido hace muy poco tiempo... La denuncia es contra su partido, por no cumplir los estatutos del partido político, no una denuncia contra Errejón por agresión sexual.
«encima, la agresión es "tocó el culo".»
Sí, tocar el culo a otra persona, sin consentimiento se entiende, es un delito conocido como "agresión sexual".
La palabra "agresión" quizá te sugiere pegar un puñetazo o una patada... ("esa persona me agredió") pero tocar el culo a una persona dormida, por ejemplo, y hacerlo suavemente, sin ninguna violencia, también se llama "agresión", de forma más precisa "agresión sexual".
Antiguamente creo que lo llamaban "abuso" o de forma más clara "abuso sexual" dejando la palabra "agresión" cuando había violencia o intimidación.
#92
Si es delito penal (como es este caso) puede denunciarlo cualquiera...
Si no sería absurdo en algunos casos: si violan a un bebé ¿solo puede denunciarlo el bebé?
Nota: no es absolutamente necesario haber sido testigo de ese delito, ni siquiera tener el convencimiento de que haya ocurrido el delito... ni quién es la víctima ni quién se dice que es el culpable.
Basta con tener información de que se ha producido un delito penal... pero, eso sí, qué hecho se dice que se ha cometido, no puedes decir, como diría el humorista Gila, que "alguien ha cometido algo en algún sitio".
Pero sí puedes decir que has oído o leído que "alguien" mató / robó / violó... lo que sea que hayas oído.
¿Deber?
Oficialmente casi todos "debemos" denunciar si "sabemos" que se ha cometido un delito... No solo un delito público como puede ser la corrupción de un político, o de un juez, etc...
Lo que ocurre es que solo en algunos casos te pueden multar u otro tipo de condena si no denuncias... Pero eso no significa que no tengas oficialmente el "deber" de hacerlo.
Ejemplos:
* Miras por la ventana y ves claramente que un vecino ha acuchillado a otra persona.
No sabes cómo se llama ese vecino, no sabes quién es el acuchillado... Tampoco es un delito público.
Pero has sido testigo de un delito ¡si eres adulto debes denunciarlo!!! En caso de no hacerlo, cometes un delito. Creo que es denegación de auxilio... La condena sería por haber sido testigo y no denunciar, dejando indefensa a la víctima.
Incluso aunque veas claramente que la víctima ha muerto, y por tanto, el no denunciar no le niega a nadie salvar la vida... creo que también puedes ser castigado si alguien prueba que lo sabías (y no denunciaste).
* Si no has sido testigo del delito no te pueden castigar por no denunciarlo... De hecho, sería razonable dudar de si hubo realmente un delito o no.
Por supuesto, ir a comisaría a decir que has leído en Twitter que alguien afirma que le han violado no solo no es habitual sino que puede ser una pérdida de tiempo... Pero puedes hacerlo si quieres y "en teoría", o, más bien, según lo que dice la ley, es tu deber cívico hacerlo... aunque no pase nada si no lo haces.
Hay unas cuantas excepciones: los menores de 16 no tienen deber de denunciar (aunque "pueden"), tampoco es un deber en el caso de padres, hijos, etc... del sospechoso. Y tampoco abogados tienen deber denunciar a sus defendidos por los delitos que sepan o sospechen de sus clientes. Ni los clérigos que sean informados como secreto de confesión.
1. La cabecera de este meneo habla de la denuncia [oficial] puesta por Elisa Mouliaá contra Errejón.
2. El comentario nº4 dice
" otras, la mayoría, se bloquean, quedando paralizadas.
Y es ahí donde el baboso se aprovecha."
Nótese que en esa denuncia Elisa Mouliaá dice que se quedó paralizada. Es decir, está hablando de la acusación (y denuncia) de Elisa, no de otras, ya que ninguna otra habla de quedarse paralizada.
3. Otro comentario dice:
"Pero en el derecho solo se juzgan los hechos."
Nótese la palabra "hechos" ... en relación con la denuncia de Elisa.
4. A este comentario es al que tú respondes en tu comentario nº #38 diciendo que Errejón ha reconocido los "hechos".
Ahora dices:
"una de las tantas interpretaciones que haces"
Claro, interpreto que te refieres a lo relatado por Elisa, porque estamos en Meneame y comentamos la información que alguien envía... aparte del contexto, el comentario al que respondes.
"no podría hacerlo porque no la leí ni leí nada sobre ella"
Bueno, deberías haber leído algo, ya que el meneo habla de Elisa y su denuncia.
Te creo que no has leído nada de eso, pero estoy diciendo que si comentas sobre un artículo referido a esa denuncia deberías informarte de qué se está hablando. No necesariamente leerlo todo, ni leer la denuncia, pero al menos antes de preguntar si alguien ha violado y luego decir que ha reconocido los hechos deberías informe.
¿O acaso a ti te gustaría que preguntaran si eres un violador y que afirmaran que tú has reconocido los hechos?
#588
De tu mismo enlace:
mira la fecha de esa noticia:
"24/10/2024 - 20:06 CEST"
Es decir, ese artículo donde se afirma que reconoció "las acusaciones hechas contra él en redes" NO se refiere a reconocer "los hechos" [relatados por Elisa Mouliaá en su denuncia ante las autoridades]
Está claro por qué ¿no crees?
No se puede referir a reconocer algo que todavía no se ha dicho... No se sabía lo que había declarado Elisa porque, entre otras razones, la declaración se produjo horas después de esa noticia, después de las 23:00. Al menos 3 horas después de esa noticia.
Si lees un poco más...
verás que ese enlace que aportas dice que lo que Sumar afirmó es que el lunes pasado día 21 hablaron con Errejón y admitió que eran verdad las acusaciones anónimas en redes. (Obviamente, anteriores al día 21... no puede reconocer que es verdad algo que se publicó "en redes" (X = Twitter) tres días después, el jueves día 24. Por tanto: NO, Errejón NO reconoció que el relato de Elisa Mouliaá era cierto.
#587
Cuando dijiste que reconoció "los hechos", y lo dices en un contexto de la denuncia de Elisa Mouliaá, eso significa que dices que dices que reconoció todo lo que relató Elisa en su denuncia... Y eso no es verdad.
Puede ser por lo que dijo #88 :
Si es régimen de gananciales o no.
Por si hay alguien que no lo sabe, al casarse dos personas en España pueden hacerlo en régimen de gananciales, o bien puede ser con bienes separados.
Gananciales es la opción más habitual, y por defecto en la mayoría del territorio, excepto Cataluña y no sé si alguna otra excepción...
Y significa que el dinero que gane uno es de ambos, a partes iguales.
Es decir, si están en gananciales y Begoña ganó un dinero, ese dinero ganado no es solo de Begoña sino también de Pedro.
Este detalle no es nada irrelevante, porque, atención:
si un familiar directo (esposa en este caso) cometiera un delito, y te llaman como testigo para decidir si es culpable o no, entonces en general, por el hecho de ser la acusada familiar directo tienes derecho a no declarar...
Pero eso es "en general".
Sin embargo, si ese delito de otro te beneficia y sabes algo y no dices nada, entonces resulta que habría un delito... en este caso delito por parte de Pedro... no sé si se trata de "encubrimiento" o de "cómplice" o de "partícipe a título lucrativo"... como dijo #113
Ya sé que no es ninguna minucia pedir algo que puede incriminar al mismísimo Presidente del Gobierno estando en el cargo de Presidente... al ser aforado, cosa que Begoña no sería, solo podría ser juzgado por el Tribunal Supremo. Es decir, en caso de que se encuentren indicios de un posible delito de Pedro supongo que cambia el asunto, elevándolo al Supremo.
Yo no tengo todos los datos / evidencias disponibles en esta investigación judicial, pero por lo que he leído hay al menos ciertos indicios (quizá no pruebas contundentes, no lo sé) de que Begoña podría haberse lucrado de forma indebida. Por ejemplo, se dice que tenía unas competencias en un Master sin tener los requisitos que se suelen exigir... no tenía el nivel de estudios adecuado.
Por dar clases y otras actividades recibió pagos (ingresos) en su cuenta bancaria... Dinero que, como dije antes, si están en gananciales (lo habitual) es dinero también de Pedro. Pero si están en bienes separados no sería de Pedro, sería únicamente de ella y a nivel legal no se consideraría que Pedro tuviera un lucro...
También de dice que hay indicios de que se pudo haber lucrado con un software desarrollado en la universidad.
No sé si puede haber otros datos de interés en el certificado de matrimonio.
La fecha del matrimonio es relevante, ya que el lucro antes de la fecha no afecta a Pedro.
Cc: #25 #34 #72 #76