Si alguien se subroga en la hipoteca que yo he celebrado con una entidad bancaria es porque la entidad existe. Si no hay gestación previa, solamente inseminación “in vitro”, no entiendo que se pueda nadie subrogar a ninguna gestación y me parece más un eufemismo para referirnos a los “vientres de alquiler” que a otra cosa. Y no lo tengo claro por ahora y sigo pensando y leyendo argumentos a favor y en contra de los “vientres de alquiler”. A la única conclusión que sí he llegado es que la decisión que se tome debe ser tajante: o sí...
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