La Eurocámara establece que en caso de que haya candidatos con las mismas cualificaciones, el candidato del sexo infrarrepresentado sería el seleccionado. Los Estados miembros que aprueben cuotas tanto para los consejos ejecutivos como los no ejecutivos, el mínimo de presencia de mujeres será del 33%. Además, los países tendrán que crear un sistema de penalizaciones que sea punitivo con las empresas que no alcancen estas cuotas.
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