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El Supremo sentencia que un ayuntamiento no puede embargar cuentas radicadas en otras ciudades

El Supremo sentencia que un ayuntamiento no puede embargar cuentas radicadas en otras ciudades

El Tribunal Supremo ha sentenciado que un ayuntamiento no puede embargar cuentas bancarias abiertas en sucursales de entidades financieras radicadas fuera de su término municipal. En estos casos se debe acudir a la actuación de los órganos competentes de la correspondiente comunidad autónoma o del Estado.

| etiquetas: embargar , cuentas , supremo , ayuntamiento

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