Antes de nada hay que aclarar el concepto de riqueza utilizado por el Banco de España. Se trata de la financiera: la diferencia entre los ahorros con los que cuentan y los préstamos o créditos que tienen concedidos por distintas entidades. Es, por tanto, una parte minoritaria de toda la riqueza de una familia, en la que también se debe incluir otro patrimonio como el inmobiliario.
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