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El servicio social de Franco computará para la jubilación de las mujeres

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado el fallo de un juzgado de San Sebastián por el que el cumplimiento del Servicio Social -una prestación femenina obligatoria en la época del franquismo- se equipara en cierta medida al Servicio Militar y a la Prestación Social Sustitutoria destinada a los objetores de conciencia- y se considera como periodo cotizado a la Seguridad Social a efectos del cómputo establecido para el cobro de la jubilación.

| etiquetas: servicio social femenino , jubilación , franquismo

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