La Sala de lo Social del Tribunal Supremo confirmó una resolución judicial de la Audiencia Nacional que declaró que el descanso diario o entre jornadas de 12 horas y el descanso semanal de día y medio no pueden confundirse o solaparse y por lo tanto, el trabajador debe disfrutar ambos descansos de forma efectiva y cabal. Una práctica habitual que se viene produciendo en el sector de grandes almacenes consiste en solapar o confundir ambos descansos, de forma que el trabajador no los disfruta íntegramente.
|
etiquetas: trabajo , horarios , derechos