La resolución del Supremo anula la sentencia de la Audiencia de Barcelona que confirmó la absolución de los seis acusados acordada por el Juzgado de lo Penal número 23 de Barcelona. En aquel momento se consideró que los hechos cometidos por los acusados no eran delito porque no generaron un deterioro del objeto, que exigiera su reposición, sino su deslucimiento.
|
etiquetas: metro , grafiti , pintadas