El propio abogado de Rivas, Carlos Aránguez, coincide en que los recursos ya presentados no paralizan el auto de ejecución de la sentencia, si bien ha considerado que "lo normal" es que se hubiera notificado a su representada un plazo para su ingreso en prisión. Este letrado ha recordado que el párrafo cuarto del artículo 4 del Código Penal recoge que se puede suspender la ejecución de una determinada pena mientras se resuelve un indulto.
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