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¿Puede un socio-administrador de una sociedad mercantil seguir trabajando en la empresa una vez se jubila?

El artículo 45 de Decreto 2530/1970, indica expresamente que el goce de la pensión de jubilación generada en el RETA es incompatible con el trabajo del pensionista La Orden Ministerial, de 24 de septiembre de 1970, en su artículo 93 sin embargo establece que si que es compatible con el mantenimiento de la titularidad del negocio de que se trate y con el ejercicio de las funciones inherentes a esta titularidad.

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