De conformidad con el artículo 13 de la propuesta, los sitios que permitan a los usuarios publicar textos, sonidos, códigos, imágenes fijas o en movimiento u otras obras protegidas por derechos de autor para consumo público tendrán que filtrar todas las presentaciones de sus usuarios en una base de datos de obras protegidas por derechos de autor. Los sitios tendrán que pagar por la licencia de la tecnología para hacer coincidir las presentaciones con la base de datos, y para identificar las coincidencias cercanas, así como las exactas.
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