La sentencia los declara autores de un delito de abuso sexual continuado con acceso carnal, pero les aplica la atenuante de dilaciones indebidas por los retrasos y paralizaciones sufridos por el proceso durante su tramitación. Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 24 de agosto de 2008, cuando los procesados, que están desde entonces en libertad provisional, conocieron a la víctima en la discoteca Barlovento y la convencieron para que les acompañara al exterior.
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