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¿Qué pasa si le pido al Cole que quite la foto de mis hijos de su web? 3.000€. Aquí la resolución de la AEPD

Resolución condenatoria de la Agencia Española de Protección de Datos a un Colegio que mantuvo en su web y en Youtube un vídeo en el que aparece el hijo del denunciante. Que solicitó que se eliminaran las imágenes de sus hijos, pero el colegio no hizo caso. La AEPD resuelve exigir al colegio la retirada de las imágenes y pagar la sanción de 3.000€ por la infracción del artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como Grave en el artículo 44.3.b) de la LOPD, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1, 2, 4 y 5 de la citada Ley Orgánica.

| etiquetas: resolución , agencia española de protección de datos , imágenes , niños

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