La Ley de Seguridad Social establece que el superviviente de una pareja de hecho debe demostrar su dependencia económica como requisito para ser reconocido por el sistema. En el último año antes de fallecer la pareja, sus ingresos deben ser al menos un 50% inferiores a la suma de los que se generaban antes en el hogar o menores al 25% si no hay hijos comunes con derecho a pensión de orfandad. Los supervivientes deben haber estado registrados al menos dos años antes y haber mantenido una convivencia estable en los últimos cinco.
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