El titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona ha estimado la demanda presentada por un cliente y anulado la subida del paquete de Movistar Fusión establecida en mayo de 2015 al entender que Telefónica modificó sin justificación el coste de un producto que había sido contratado con un precio “para siempre”. Telefónica deberá devolver al demandante las cantidades cobradas de más, así como los intereses.
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