Con el nuevo reglamento, para la instalación de nuevos macroproyectos de energía renovable, de más de 50 MW, se elimina la necesidad de una declaración de impacto ambiental (DIA). Ahora esta se sustituye por un nuevo proceso —denominado afección ambiental—, que se puede salvar aportando documentación elaborada por la propia promotora de la central eléctrica.
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