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El cartero debe llamar dos veces...y dejar aviso

La STS de 27/07/2022 (RC 5544/2021) fija la siguiente e interesante doctrina jurisprudencial respecto a las notificaciones administrativas y a cuáles son los requisitos necesarios que la Administración debe de cumplir para evitar que se produzca la caducidad de un procedimiento por causa imputable a la misma diciendo que: “…una vez realizados los dos intentos de notificación sin éxito por personal de Correos, se debe proceder, cuando ello sea posible, a dejar al destinatario aviso de llegada

| etiquetas: administración , notificación

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