Las entidades bancarias podrán seguir usando los datos biométricos de sus clientes, como la huella dactilar o el reconocimiento facial, como método de autenticación para realizar operaciones. Pero en ningún caso tendrán derecho a exigir esa información en el momento de abrir una cuenta. Así lo concluye la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un informe presentado el viernes por su gabinete jurídico, en el que se deja claro que dichos datos solo se podrán solicitar con carácter voluntario.
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