La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ampara a una pareja de okupas que se instaló en un piso de la localidad valenciana de Torrent que no era de su propiedad. Hasta que les identificó la Policía, seis meses después de que estuvieran allí, no tenían comunicación de la dueña de que quería que se marcharan. En definitiva, no se reunían todos los requisitos exigibles para que se considerase que la pareja había cometido un delito de usurpación de vivienda.
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