El Supremo falló que estos permisos retribuidos (y también el de matrimonio) debían comenzar a partir del primer día laborable; ahora la Audiencia va más allá y se pronuncia sobre qué días computan Según esta interpretación, si al trabajador le corresponden tres días por el fallecimiento de su cónyuge y éste muere en jueves, podría ausentarse ese día, el viernes y el lunes (sin que consumiera ningún día el fin de semana)
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