La prohibición, con carácter general, de la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola que establece la Ley estatal 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha creado “malestar” entre los agricultores de Aragón, que únicamente tendrán posibilidad de deshacerse de estos restos mediante su quema por cuestiones de sanidad vegetal. Si no, tendrán que picarlos, triturarlos o llevarlos a zonas habilitadas para su destrucción.
|
etiquetas: agricultura , rastrojos , quemas agricolas , prohibición
También producía arroz sin inundar los campos, pero no parecen haberle hecho mucho caso. A él le iba de coña.
Este canal es genial www.youtube.com/c/laTanina/videos?view=0&sort=p&flow=grid
Y este tipo hace lo mismo a gran escala en su explotación ganadera:… » ver todo el comentario
En Japón no recuerdo que tenga mucho olivo plantau
Se supone que o lo procesan ellos o te lo procesan, pero te cobrarán por algo que el que lo procese o lo reciba procesado le debería generar un beneficio.
Luego o se soluciona para que el beneficio le revierta al agricultor y le compense procesar esa biomasa o se hacen empresas que compren esa biomasa o se hace de forma estatal.
Pero en una situación de escasez de combustibles, calentamiento global y dónde se sabe que la contaminación atmosférica es perjudicial toma un sentido más necesario que práctico.
De todos modos tomara un sentido práctico cuanto más suba el precio del combustible y al agricultor le rente vender esa biomasa. Todo depende de la escasez de combustibles que haya.
Creo que como idea es buena, pero ya veremos los efectos prácticos Como lo de ecoembes y similares. Si renta, pues bien. Si no renta, habrá montones de combustible acumulados aquí y allá-
Claro, como es tradicion entonces deberian poder seguir haciendolo, que mas da que el planeta este hecho mierda, a contaminar y a quemar bosques se ha dicho!!!!
Art.27.3.- Con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola. Únicamente podrá permitirse la quema de estos residuos con carácter excepcional, y siempre y cuando cuenten con la correspondiente autorización individualizada que permita dicha quema........