A partir del 1 de Enero de 2015 todos los servicios prestados a través de Internet en la Unión se consideran prestados en la ubicación del comprador. Hasta ahora se consideraban prestados en la ubicación del prestador, o sea, de tu empresa. Afecta a servicios de telecomunicaciones, distribución difusión multimedia online o cualquier servicio electrónico (incluyendo eBooks, apps, hosting, juegos o cualquier software de tipo SaaS o en la nube). Y sí, incluye también suscripciones , claro, no solo ventas puntuales.