#8#50 Pero eso es reducción de capacidad de ahorro.
Vuestro endeudamiento ha disminuido porque viendo el panorama no os habéis comprado un coche nuevo o casa.
A estado muy acertado #4 aunque os lo toméis a chiste.
#8 Las hipotecas para compra de primera vivienda realizadas antes de 2014 desgravan hasta cierto importe anual.
Muchos hipotecados iban acumulando ahorro porque la desgravación compensaba el interés pagado cuando los tipos estaban bajos (2010-2021 aprox)
Al subir el interés, ya no salen los números así que... A amortizar hipoteca con los ahorros.
#8 Pagas 500€ al mes y te ha subido el sueldo 100€ al mes. Parece que va bien la cosa, hasta que te das cuenta que ahora la compra y demás gastos te cuestan 200€ más al mes...
#8 Es que hay dos procesos totalmente conectados para obtener este año esta reducción de deuda.
Primero la amortización de la deuda existente para minimizar el impacto de los altos intereses actuales, y sí, como comentas, reducción de los ahorros.
La mejor inversión a día de hoy para alguien endeudado es usar sus ahorros e ingresos en liquidar tal deuda.
Esa es la realidad.
Y segundo (conectado de lleno con el primero) , la paralización del incremento de esa deuda por ese poco interés existente temporalmente hasta la tan esperada reducción de los tipos que el BCE parece va a realizar este verano.
El crédito sigue sin remontar en España pese a que en Europa ya empieza a crecer theobjective.com/economia/2024-01-29/credito-espana-europa/
Ahora, como comentas, adjudicar esta reducción de la deuda únicamente al aumento de los salarios, cuando la inflación estos últimos años ha sido realmente elevada, sin tener en cuenta estos factores que destaco, es como mínimo aventurado y hasta se podría decir que hasta… » ver todo el comentario
#8 bueno otra definicion esque han decidido coger menos deuda debido a que se ha encarecido. No es lo mismo pagar 200€ al mes por un coche que pagar 500€.
#48 uuuyyyyy, pues no hacen eso veces ni qué... Las dos veces que he tenido que ir a poner una denuncia, las dos me han tratado de convencer de que no iba a ir a ninguna parte y una vez puesta me han sugerido que no esperara respuesta de su parte porque no iban a mover ni un dedo.
#135 yo no sé donde trabajas, pero si es en una empresa, el dueño, tu jefe, es autónomo.
Y seguramente habrá elegido eso en lugar de ser contratado por cuenta ajena.
Y tu dentista, también.
Y tu mecánico.
Y tu...
#94 El ejercicio libre de la profesión es voluntario, e incluso vocacional en algunos casos. Pásate por cualquier colegio profesional y pregunta.
Ese "se produzcan los requisitos" que dices, ¿ crees que es por advenimiento divino, o qué?
#42 algunos quizá lo prefieran. De hecho una parte es así. Otros facturan sus trabajos al cliente. No te encaja que algunos sean autónomos porque les interese?
#42 Eso se hace. Yo he trabajado en audiovisual y de aquella no era autónoma. La putada cuando te contratan es que es más complejo simultanear cosas (la ss te pone trabas a estar dado de alta en dos sitios a la vez) y puedes por ejemplo estar en preproducción de una peli y que te salga una publi que es más corta y pagan bien y quieras hacer ambas y ahí te sale a cuenta ser autónomo.
Lo mismo si tú pones tus tarifas. Normalmente si te contratan es por salario de convenio y punto. Los puestos de mayor responsabilidad quieren tener margen para definir ellos cuanto facturan.
Los dires y jefes de equipo suelen (no siempre) ser autónomos. Los que están por debajo no.
#42 Pues que no estás trabajando solo en un proyecto a la vez. Yo trabajo en una empresa, pero estoy trabajando como autónomo para tres empresas más (en las que sus trabajos pueden solaparse). Lo mío no es lo común, lo común es trabajar solo como autónomo y compaginar varios proyectos, algo que por obra parece que no puede hacerse. Esta es la respuesta de mi gestor, ya que a menudo tengo que contratar autónomos.
#188 No és que lo piense yo.
Es que el artículo 19 bis que has enviado lo dice "El importe de las retribuciones a las que se refiere el artículo 147, que supere el importe de la base máxima de cotización establecida para las personas trabajadoras"
Si no estuvieran topadas cualquier importe que se cobrara por encima de 4.495,50 € cotizaría un 28'30% (cotización de contingencias comunes en régimen general)
Parece mentira tener que andar explicas cosas tan obvias.