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España descubre para qué sirve el senado. La reforma constitucional será enjuague o no será [156]

  1. #129 Bueno, pero las formas y maneras de hacerlas ya es algo que no entra dentro del marco de la Constitución, como tú indicas, sino que queda inscrito simplemente en el debate político y nada más. No es problema de la Ley.

    Sobre lo segundo. Hay que tener en cuenta que nuestra Constitución es de las más jóvenes de Europa lo cual limita ya de por sí temporalmente sus revisiones, y que, por ejemplo, una que por edad es equiparable, la Portuguesa, ha pasado por 12 reformas mientras que la nuestra solo por dos (en 1992 y mediante el proceso agravado, ojo, para que no se diga, para reformar el artículo 13.2, y en 2011 para reformar el artículo 135). Sin embargo, basta echarle un ojo a la Constitución de la República Portuguesa (nacida del socialismo) para ver que en poco se diferencia de la nuestra en cuanto a sus articulados de soberanía y en cuanto a los de reforma; es más, de hecho su propia Constitución consta de límites de reforma, una rigidez de la que la nuestra adolece (o disfuta). Ver sus artículos 3 (de la soberanía), o los 286 ad 290 (de reforma), sobre todo este último, para constatar lo que indico. Y si nos vamos al ejemplo de una Constitución más antigua (y de la que sus ciudadanos se muestran tan orgullosos como para tildarla de "la mejor del mundo"), pero más representativa de la homologabilidad europea, nos podemos ir a la de la República Federal Alemana, la cual en su artículo 79.2 exige que, en completa analogía o sintonía con la española:

    sólo es posible realizar una reforma constitucional mediante la aprobación por una mayoría cualificada de dos tercios de los miembros del Bundestag (Cámara de Diputados) y de dos tercios de los votos del Sundesraí (Consejo Federal)."

    Y además con un addendum limitante en el artículo 79.3:

    "Quedan excluidos de la posibilidad de reforma constitucional:
    a) Los principios establecidos en el artículo 1 LF (que proclama la dignidad del hombre) y en el artículo 20 LF (que define la RFA como estado social y de derecho, federal y republicano).
    b) La división territorial del Estado en Lánder (Estados Federados) y el principio de cooperación de éstos en la legislación federal."


    e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:Derechopolitico-1992-37-917653B7/

    Por tanto, puede decirse que la rigidez de nuestra Carta Magna no es extraordinaria intra lex, y que, reitero, en todo caso lo es en el juego estrictamente político de mayorías y minorías parlamentarias, de debate, discusión, fechas, etc., que tú has indicado.

    Un saludo.
  1. #130 gracias, luego le echo un vistazo que estaba zampándome un bocata de lomo mientras escribía y toca trabajar ;)
    Siento el negativo, nene. No creo que caiga de todas formas ;)

    #129 Creo que en eso estamos básicamente de acuerdo. Viví el 78 con 10 años, pero sí recuerdo del golpe de estado del 23F a mi padre hacer las maletas, buscando dinero por si teníamos que volvernos a Alemania vía Gibraltar. En ese tiempo (de lo que recuerdo de quinceañero) me quedaba muy claro que nadie apostaba por la democracia fuera a durar 40 años sin que hubiera sangre. Y al principio (F/N, etc) hubo mucho lío y muertes. El sistema tal y como está estructurado sí ha servido para llevarnos aquí y me parece que la democracia está suficientemente consolidada como para cambiar bastantes cosas. No me creo que los mayoritarios se dejen llevar por la sed de justicia para cambiar la legislación electoral y la representatividad de las provincias pequeñas. Ni jartos de vino, vamos.

    ¿Sabes que puedes incluir tu blog en la bío y cada vez que publiques algo si haces portada (no sé si necesitas otra) saldría en la RSS de Menéame y el nótame? Bon Nadal también!
    ___
    #127 lo poco que he leído del debate constituyente a veces da algo de miedo, también fueron momentos muy convulsos. La reforma política (la ley puente y otras) donde algunos miembros del parlamento franquista pensaban que ya tenían su sillón garantizado por el favor prestado levantó ampollas después y "el ruido de sables" era importante. El primer desfile militar con Felipe González como presidente decía mucho (su cara en Cambio16) de cómo, después de 7 años de la muerte del dictador, todavía la cosa no estaba nada clara.

    #109 mamonaso! Mira que me es difícil poner a mano (movil) los códigos en culpa nuestra Con tanto < i > etc. Y lo he puesto!
    Esto es un nido de trolls!!!!
    Ahora mismo me pongo la capa de Darth Vader para que la fuerza me acompañe xD xD  media

LPD, de entrada, con el Borbón. Razones para un “sí” entusiasta [2]

  1. #1, no creas, los negativos, que por otra parte esperaba, son por cansina.
    Bien cierto es que estos últimos días se ha hablado por estos lares en demasía de la abdicación y la gente está un poco hasta las pelotas. xD
    Pero tenía que menearlo. Tu artículo me ha parecido genial.

El caso de las aceiteras de los bares [137]

  1. #13 El autor dice "Porque, en definitiva, ¿acaso se conoce algún caso de intoxicación alimentaria en el sector como consecuencia de aceites servidos en restaurantes en las últimas décadas? Si atendiéramos a estas razones, antes habría que obligar a servir los huevos de las tortillas debidamente identificados"

    Pues si, el tema del aceite de colza. Se usaba en casas y por supuesto también en bares y restaurante. Y no sabes lo que costó hallar la causa con centenares de muertos y afectados. Si un aceite esta contaminado no tienes que enfermar de modo inmediato, puedes tener síntomas muy muy dificiles de relacionar con esa tostada que te tomas en ese bar 2 o 3 veces por semana. Es un ejemplo.
    Y también, los huevos de las tortillas están identificados en los bares y restaurante. Creo que no pueden usarse huevos enteros, es necesario usarlos pasteurizados en tetrabrik.

    Tu articulo contiene docenas de inexactitudes (¿interesadas?)
  1. #11 ¿Acaso las aceiteras actuales son monodosis o de 5 litros? Creo que os estais ahogando en un vaso de agua.

    #13 Pero me extraña que os quejéis de una ley que por una vez arregla algo que esta muy habitual en la hostelería. ¿quien te asegura que esa botellita superbonita y cobrada a precio de oro no te la hayan rellenado con aceite de orujo? sobre todo si es alguien no entendido en aceites

¿Obligarme a llevar casco cuando voy en bici es constitucional? [22]

  1. #6 lamentas tantas cosas que igual el problema lo tienes tú y no toda la gente que decide dejar de leer el texto.
    Es más, solo con leer el título pensé en no seguir leyendo, porque es tendencioso a más no poder.

    Me da igual el marco legislativo, en este texto se están esgrimiendo argumentos CALCADOS a los que se esgrimen en este país cada vez que nos obligan a ponernos el cinturón en coche, el casco en moto, a no pasar de 120 en autovía, a no fumar en los bares, etc, etc.

    Todo lo que no nos gusta, atenta contra nuestras libertades y/o es inconstitucional. Y para defender esta postura podemos citar cientos de leyes o bien interpretarlas a placer, total.. qué más da ¿verdad?


    Llevar el casco circulando en bicicleta por la vía pública debería ser completamente incuestionable a día de hoy. Igual que lo es ponernos el cinturón, o que lleven casco los motociclistas. Punto.

    Y soy ciclista, ojo. Quizá por eso me irrita todavía más el tema.
  1. #19 No digo eso, sino todo lo contrario, que el 17 CE no tiene nada que ver con las relaciones de trabajo y por ello no las regula.

    Ni tiene nada que ver con el derecho a circular con vehículos por las vías públicas. Que es lo que te estoy diciendo.

    Las cuestiones sobre ser varón o caucásico no tienen que ver con la libertad sino con la igualdad.

    Y el casto no tiene nada que ver con la libertad sino con la seguridad vial.

    El problema que le veo a tu interpretación es que cualquier "regulación" puede ser admisible.

    No es cierto, por contra con tu interpretación cualquier regulación sería inadmisible ya que todas limitan la libertad de las personas en cierto grado. Excepto las que a ti te parecen bien que entonces no, esas no se ven afectadas.

    ¿Qué tipo de obligación o prohibición crees que atentaría contra nuestra libertad según tu visión?

    Probablemente ninguna de las vigentes. Dime una que no exista y la comentamos, pero ahora no voy a inventarme prohibiciones absurdas para que luego me digas que no tienen nada que ver, porque efectivamente no tendrán nada que ver.
  1. #13 además de que la relación laboral no es una relación de "libertad", como es obvio

    Osea que trabajar es inconstitucional porque atenta contra el Artículo 17.

    Genial.

    Como ves si nos ponemos en plan interpretación bíblica aquí no se salva ni el tato.

    Circular por la vía pública en un vehículo tampoco es una acción de "libertad". Se requiere cumplir unos requisitos y unas normativas, en caso contrario se prohíbe esa circulación. No atenta contra ninguna libertad ya que cumplir las regulaciones está al alcance de todos, lo sería si una de las regulaciones fuese ser caucásico o varón, pero no es el caso.
  1. #15 Juzgas arbitrariamente cuando acusas a los demás de no haber leído el artículo. Y paso de discutir sobre un artículo que es de todo, menos de interés. Al menos para mi.
  1. #6 ¿Por qué dices que no me he leído el texto?. Que, por cierto, es demasiado denso. Viene a decir que un Reglamento no tiene carácter de Ley, que sería lo necesario para que esta imposición fuera legal. Luego se hace unas pajas mentales para intentar razonar si la medida es proporcional. Y AHÍ es donde va mi comentario. Y lamento mucho que juzgues a los demás arbitrariamente.
  1. #10 El casco no es un atuendo, el casco es una medida de seguridad.

    Según tu forma de explicarlo a los trabajadores de una obra les dicen como vestirse. Pues no, les indican unos requisitos mínimos de seguridad como son los cascos o las armillas reflectantes.

    Por cierto, entiendo que también estás en contra de la obligación de salir del vehículo con armilla reflectante, ¿verdad?

    Circular en un vehículo por una vía pública no es un derecho fundamental del ciudadano. Es un ámbito regulado y para usar un vehículo se debe cumplir la normativa (seguro obligatorio en los vehículos que lo requieran, inspección técnica, medidas de seguridad, etc.).

    Y la bicicleta es un vehículo.
  1. #6 lamento que lo lamentes lamentandote tanto.
    Ahora me he leido el articulo, y he de decirte que pillo la bici todos los dias y no veo en que medida el casco me coharta la libertad.
    Estas sacando las cosas de madre, la bici es un vehiculo y como tal tiene unas normas, a mi me jode que me obliguen a ponerme el casco para ir a comprar el pan, pero es que en 500 metros tambien te pueden matar.
  1. #6 lamento que lo lamentes lamentandote tanto.
  1. #6 Lo he leído entre líneas, sí.

    Te coges como un clavo ardiendo al artículo 17 como si fuera un comodín que sirva para todo.

    En el patio de tu casa puedes ir en bicicleta sin casco si quieres, pero no en una vía pública. Las vías públicas se regulan por muchos motivos, uno de ellos es la seguridad pero hay otros como asegurar la disponibilidad de la vía (por eso no puedes aparcar donde te dé la gana, toma inconstitucionalidad a tu libertad personal) o asegurar el buen estado de ésta (buena suerte haciendo un agujero en medio de la calle sin permiso, por mucho que la Constitución te de la libertad de hacer lo que te de la gana, como tu dices).

    Un ciclista con el cerebro desparramado en medio de la calzada atenta contra varios de los puntos anteriores.

    Y eso sin salir de la vía pública, porque si entramos en ámbitos sociales y las consecuencias psicológicas que se puedan derivar ...

    Vivir en una sociedad implica eso, vivir en sociedad. Si no quieres ninguna normativa te buscas un bosque y te pierdes. Alguna que otra normativa incumplirás, pero en general nadie te dirá que te pongas un casco ni nada parecido.

    Me parece muy bien que estés en contra de la normativa y que luches para que se cambie, pero pretender usar la Constitución en ese contexto es matar moscas a cañonazos.

¡Que en Francia se declaren constitucionales los toros no tiene nada que ver con la prohibición de aquí! Es diferente [7]

  1. #6 Más bien es "no uses Menéame exclusivamente para subir tus cosas".

    Un placer.
  1. #4 >>Me llama la atención, de todos modos, que la penalización tiene que ver con haberlo hecho de manera "sincera", por así decir, usando mi usuario habitual y esas cosas. Me parece una regla equivocada porque incentiva la creación de falsos usuarios y esas cosas, ¿no?

    No, no lo creas. Gente que intenta hacer trampas las tenemos a diario y no suelen colar. Hay quien intenta promocionar sus sitios usando varios usuarios distintos pero tenemos métodos para detectarlo.

    La norma de no permitir la autopromoción se ha debatido muchas veces. Y se ha llegado a la conclusión de que permitir la autopromoción/autobombo/spam haría de Menéame un auténtico coñazo.
  1. #0 Primero, te felicito por tu web que leo desde hace mucho.

    Segundo, creo que estás usando Menéame de manera equivocada.

    Las condiciones de uso www.meneame.net/legal.php#tos dicen que

    6. El usuario se abstendrá de usar menéame con el objetivo de a) la promoción exclusiva de un sitio web, empresas, redes de blogs o de afiliación de enlaces

    Por esto muchos usuarios te votan spam y seguirán haciéndolo mientras no varíes tus fuentes.

Doscientos años después, la Monarquía todavía estaba allí [26]

  1. #16 La narrativa del bando vencedor (España) y la del bando perdedor (Francia) coinciden en este caso y ninguno trata ese periodo como una guerra civil. Que haya un alto número de afrancesados luchando con el bando francés no lo convierte automáticamente en una guerra civil, simplemente eran traidores.
  1. "Se aprueba el texto, recordemos, en plena Guerra Civil entre afrancesados y “nacionales”

    ¿Desde cuando la guerra de independencia contra Francia se considera una guerra civil?
    cc/ #12
  1. #4 De nada, buen artículo.

El dichoso copago o las excusas de un mal pagador [8]

  1. #4 El problema es que el copago (o repago) es un sí o sí tanto para PSOE como para PP. Ninguno lo incluirá en su programa, pero en cuanto pasen las elecciones de 2012 nos la van a colar como puedan.

    Está claro, #Nolesvotes y todo eso, pero o esto da un vuelco épico (yo ya intento convencer a mis padres para que dejen de votar al PSOE) o nos lo comeremos con patatas.

Sanitat Valensiana (II): “o follamos todos…” [5]

  1. #2 No se si esto se ha inventado en Valencia, pero creo que en Madrid ya lleva un tiempo cociendose la misma situación. Se nota que son gobiernos diferentes... oh, wait!!!

    Viva España y que vivan los políticos, pero que vivan lejos.

Sanitat Valensiana (I): engrasando la máquina [17]

  1. #12, el algoritmo pega un azote al karma cuando, entre otros motivos, detecta que hay demasiados usuarios con baja actividad que votan la noticia. Se hace para evitar el spam organizado desde una página externa.

    ¿Crees que ha sido un falso positivo? Si no, se pueden analizar los votos de los usuarios (para eso son públicos) para comprobar si hay algo raro.

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