#52 Ahí no pone lo que tú crees que pone.
Pone que sólo se pueden prohibir las desigualdades artificiosas o injustificadas.
LUEGO, te explica qué significa injustificado, y eso que te explica es aplicable A TODO. Lo que tiene que estar generalmente aceptado es el criterio o juicio de valor con el que se evalúa la legislacicón, TODA. Y no tiene sentido que sea de otra forma.
Hay que estar ciego o desear muy fuerte estarlo para transformar eso en que la discribimación en cuestión tiene que estar generalmente aceptada. Háztelo mirar.
#5 La seguridad jurídica de los propietarios no es ni ha sido nunca un problema. Veo que has comprado el discurso alarmista que-vienen-los-okupas. El problema, el único problema, es que el alquiler turístico es mucho más rentable, a costa de joder las ciudades y joderles la vida a los que no se pueden marchar.
Los hoteles están separados de las viviendas por un motivo. CERO viviendas turísticas.
#117 Em... si no recuerdo mal no has hablado de plazos absurdos generalizados (lo cual haría a esos indeseables simplemente unos delincuentes más que se han beneficiado del mal funcionamiento del sistema judicial), has hablado de corrupción, aquello de que colocan tu caso abajo del montón.
#101 Tienes razón, te he confundido con el autor del comentario al que yo contestaba. Lo siento.
Les han venido bien, pero lo que yo quería hacerte notar es que las dilaciones indebidas le hubieran venido igual de bien a cualquier delincuente. Para sustentar tu acusación implícita de que han sido deliberadas (y por parte de elementos del propio sistema judicial, que es intrínseco a la definición de dilación indebida) como mínimo deberías conocer cuáles son y por qué se han producido. Ir directamente a la conspiración, con las carencias que sabemos que tiene (la más evidente la de medios) el sistema judicial no me parece de recibo.
Tu caso particular permíteme que lo coja con pinzas, como cualquier relato de parte.
#72 Culpables con ahora que se ha dictado sentencia. No han pisado cárcel porque la prisión preventiva es una medida absolutamente excepcional y no se daban las circunstancias para tenerlos a la sombra mientras llegaba el juicio (imagina si luego resulta que absuelven a alguno).
Pues sí, les han venido bien igual que les habrían venido bien a otros delincuentes. Es lo que tiene que el mal funcionamiento de la justicia beneficie al reo. Iba a decir que seguro que entiendes el sentido de tal cosa pero ya no estoy tan seguro.
Ignorante es ver una conspiración donde casi seguro no hay más que una cadena de incompetencias, empezando por el responsable de dotar de medios a la justicia.
Ignorante es echar la culpa al fiscal y decir que los jueces no han tenido nada que ver, que es lo que tú has dicho. Te lo recuerdo porque veo que te ha escocido.
El responsable es en principio el juez, pero hay taaaantas cosas que pueden influir (empezando por la infradotación de medios) que también sería algo temerario decir que la culpa es del juez exclusivamente.
Yo soy muy del principio de Hanlon: no atribuir a la malicia lo que se puede explicar por simple incompetencia. No creo que haya una conspiración para librarlos de la cárcel, hay una cadena de incompetencias (que, en eso sí que estoy de acuerdo, probablemente hayan podido aprovechar por tener dinero y pagar buenos abogados).
#5 La fiscalía no puede negociar un acuerdo que suponga cárcel si hay alguna circunstancia que suponga que, de imponer la pena el juez, tampoco supondría cárcel. Investiga a ver cuál es esa circunstancia y quién es el culpable de que se dé (spoiler: no es la fiscalía).
#39 Porque ha habido dilaciones indebidas y con esas circunstancias el acuerdo que se negocia es el que es. Ir a juicio no hubiera conseguido cárcel tampoco.
#8 NO. No entiendo cómo en 2024 todavía hay alguien difundiendo esa falsedad.
Es una prestación que equivaldría a un seguro colectivo de desempleo. La prestación de alguien la pagamos entre todos los que trabajamos, no es una "hucha" donde cada uno va poniendo "lo suyo".
#86 Sí, eso estaba claro, pero me parecía bastante inteligente. Absolutamente despreciable como persona pero inteligente. La única explicación para la pachorra con que reconoce delitos en mensajes y audios es que se creyera totalmente el negocio del criptocalvo, con lo cual pensaría que tanto tenía que perder como él, que siempre es la mejor forma de mantener el secreto. No esperaba que fuera un pufo o no esperaba que le explotara en la cara tan pronto. En cuanto el otro se ha visto trincado ha empezado a cantar por soleares. Apuesto a que previamente le ha pedido ayuda a la de "si caigo yo tú vas detrás", pero claro, qué iba a hacer.
#79 Bueno... estrictamente hablando el IVA lo tendría que liquidar pero podría compensarlo.
Va a liquidar el IVA y el IRPF por si cuela pero lo van a empufar igualmente por fianciación ilegal porque las pruebas son abrumadoramente evidentes. No sé cómo tributa la financiación de partidos pero una vez empufado si la tributación es diferente (que seguro que lo es) le tocará regularizar eso también reclamando primero el IVA e IRPF que pagó para ver si colaba, lo cual equivale a efectos de la Agencia Tributaria a pintarse una diana en la frente, con lo que es muy probable que le caiga una inspección.
La ha cagado pero a base de bien y me alegro muchísimo (es casi demasiado bonito para ser cierto). Como he comentado antes, le hacía más inteligente, no sé exactamente por qué.
#70 Estoy de acuerdo, se lo van a comer vivo, porque le tienen muchísimas ganas (les ha robado espacio de ultraderecha) y porque se lo ha puesto a huevo.
#32 El 21% de IVA más el tipo que le salga en IRPF que dependerá de sus otros ingresos pero que seguro que será bastante más del 19%.
Si le pillan:
1- Paga el IVA e IRPF que no pagó.
2- Paga la multa por lo que no pagó.
3- Paga otra multa (la del 25%) por haber cobrado en efectivo.
Ese 25% es sólo si te pillan habiendo cobrado en efectivo una factura completamente legal y correctamente contabilizada (cuyo IVA se ha liquidado y cuyo beneficio se ha incluído en el IRPF).
Lo que sí que es cierto es que no habiendo cerrado el año fiscal no le pueden empapelar por no haber liquidado el IVA y el IRPF, sencillamente porque no se le ha pasado el plazo para hacerlo.
#44 Sí, pero como autónomo aplicas normalmente una retención mínima del 19%, y luego ya cuando haces el IRPF pagas la diferencia con el tipo efectivo que te salga. Más que nada porque pa qué adelantar dinero al Estado (pero hay que reserarlo para poder pagar en su momento).
Pone que sólo se pueden prohibir las desigualdades artificiosas o injustificadas.
LUEGO, te explica qué significa injustificado, y eso que te explica es aplicable A TODO. Lo que tiene que estar generalmente aceptado es el criterio o juicio de valor con el que se evalúa la legislacicón, TODA. Y no tiene sentido que sea de otra forma.
Hay que estar ciego o desear muy fuerte estarlo para transformar eso en que la discribimación en cuestión tiene que estar generalmente aceptada. Háztelo mirar.