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A vueltas con el juramento o promesa de la Constitución

. El TJUE dejó establecida de manera rotunda que en el Estado Democrático la condición de parlamentario se adquiere por el voto de los ciudadanos en las urnas y nada más. Una vez que el candidato ha sido proclamado diputado electo por el órgano competente de la Administración Electoral y o no se ha presentado recurso alguno contra dicha proclamación o el recurso ha sido resuelto por el órgano judicial competente, la persona proclamada diputado electo lo es desde ese mismo momento.

| etiquetas: juramento , promesa , constitución

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