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Varapalo judicial a un informe de idoneidad adoptiva en Andalucia

Esta vez ha sido el Juzgado de primera Instancia nº 16 de Granada quien ha dictado una Sentencia en fecha 1 de marzo de 2011, por la que revoca y deja sin efecto la resolución dictada en su día por la Junta de Andalucía, que declaraba la no idoneidad de una solicitante monoparental de adopción internacional, basándose en un informe elaborado por los técnicos de la mercantil EULEN.

| etiquetas: andalucia , idoneidad adoptiva , sentencia judicial

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