El tribunal ve similitudes entre una pareja homosexual y unos padres de adopción y acogida. Asegura que hay una "laguna legal" y que "con mayor razón" tiene la pareja homosexual derecho a la prestación por maternidad, ya que oficialmente constan en un registro como padres de la niña, cosa que no ocurre en el caso de los padres de adopción y acogida, que también pueden disfrutar de ese derecho.
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