El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado la petición de unos padres que alegaron objeción de conciencia para que sus tres hijos no cursaran la asignatura de Educación para la Ciudadanía, por ser contraria a sus convicciones. Los padres invocaron a su derecho consitucional a la objeción de conciencia y el tribunal recuerda que la asignatura es obligatoria.
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