El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a una profesora de Burgos a la que en 2009 se le redujo a la mitad un complemento cooperativo y valida la reclamación salarial que hizo transcurridos 9 años. Y subraya que «en las obligaciones de tracto sucesivo, éstas se mantienen vivas mientras la obligación exista, aunque la acción para reclamar las diferencias salariales se someta al plazo de un año de prescripción».
|
etiquetas: reclamación , salarial , salario , trabajo , sueldo , social