Algunas personas, habiendo enlazado diversos contratos a lo largo de los años para desempeñar funciones similares, reclaman al CSIC que les convierta en personal indefinido, en aplicación del Estatuto de los Trabajadores y las leyes laborales españolas. El CSIC siempre se niega a atender tal reclamación y los afectados demandan al CSIC, y en casi todas las ocasiones el juez da la razón al trabajador, por lo que el CSIC se ve obligado a hacerles contratos indefinidos y, en ocasiones, a crear plazas con su perfil.
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