La Dirección General de Tráfico (DGT) es clara en esta cuestión. A pesar de ser responsabilidad de los consistorios municipales, hay algunas reglas básicas a seguir. Entre ellas, la prohibición de utilizar estos patinetes por «aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, vías interurbanas o túneles». según la DGT, este tipo de dispositivos de movilidad eléctrica deben tener una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Así pues, este propietario se encontraba circulando a una velocidad de 45 km/h.
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