Según una sentencia de la A. P. de Zaragoza, ante un supuesto de pago no autorizado el usuario debe realizar un autocontrol del estado de sus cuentas. Si el cliente no cumple con este deber, no entra en juego la responsabilidad del banco de restablecer en la cuenta el estado anterior al pago no autorizado. El cliente debe comunicarle la operación no autorizada en un plazo máximo de trece meses desde la fecha del adeudo.
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