Las penas que contempla el Código Penal Militar van de los 6 meses a 5 años de prisión, según establece el artículo 46 por los delitos de maltrato de obra. El delito de homicidio, de acuerdo con el artículo 138 del Código Penal, está castigado con penas que van de 10 a 15 años de cárcel. De ahí que considere que la jurisdicción ordinaria es la adecuada.
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