No es a un juez instructor, por mucho que sea magistrado del Tribunal Supremo, al que le corresponde prevenir actuaciones supuestamente “ilegales” e “inconstitucionales” como las que se enumeran en el auto. Menos aún, cuando es el propio magistrado el que admitió que el encarcelamiento equivalía a la incapacidad al efecto de admitir la delegación del voto. Da igual que sea lo que busque Puigdemont. Relacionada:
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