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¿Me pueden multar por poner una placa de alarma en casa sin tener el servicio contratado?

¿Me pueden multar por poner una placa de alarma en casa sin tener el servicio contratado?

El uso de una pegatina o señal que corresponda a una empresa de seguridad de verdad, sin tener en realidad sus servicios contratados, puede acarrear sanciones, ya que se está usando de forma ilegal una marca registrada, y por ende se vulnera su propiedad intelectual. Según establece la Ley 17/2001, del 7 de diciembre, de Marcas en el Código Penal, si se realiza alguna de las acciones nombradas anteriormente, dicha persona se está exponiendo a la sanción más grave en estos casos, un delito contra la propiedad intelectual e industrial.

| etiquetas: multar , placa , alarma , vigilancia , intelectual , aepd , propiedad

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