La definición de “terrorismo” que ha introducido el PP en la reforma del Código Penal abarca casi todos los tipos punibles y extiende la consideración de “actos terroristas” a los delitos de aborto, daños al feto, manipulación genética, contra el “orden público”, contra “la paz social” y la creación de “un grave sentimiento de inseguridad o temor”, lo que permite incluir los escraches y protestas laborales contundentes en esta tipificación.
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