El Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana resuelve que hay cabida legal de sobra para que los subalternos sirvan cafés a sus superiores. Para ello, la sala apela al reglamento estatal de 16 de diciembre de 1971 en el que se recoge como funciones del personal subalterno las tareas de "portero" o "traslado de cosas de un lugar a otro sin distinción". Qué será lo siguiente?
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